miércoles, 14 de marzo de 2012

NOTICIA JURÍDICA 1

Las dos caras del desahucio y sus consecuencias

Los desahucios programados en los últimos días se están viendo boicoteados por colectivos denominados “indignados”.

Santiago | Zaira Boo Lamas

A partir del pasado 2009, tras la publicación en el BOE de la Ley de Desahucios Express, el número de desalojos en España ha ido in crescendo. No obstante, también se ha visto incrementada la ola de manifestantes en contra de la misma, dando lugar a reiterados boicots.
Tal y como nos informó Bartolomé Clavero, catedrático en derecho, algunos de los motivos por los que se puede interponer una demanda de desahucio son: “falta de pago de las rentas o de la fianza, subarriendo no autorizado en la vivienda alquilada, causar daños u obras sin el consentimiento del arrendador, expiración del plazo contractual, incumplimiento de las obligaciones del contrato resultante... Sin embargo, si se notifica el plazo proporcionado por el Control de Alquileres, y se interpone la demanda por el Tribunal de Primera Instancia, se estaría apoderando extemporáneamente al Tribunal, lo que implica la nulidad del proceso, por lo que se debe notificar el plazo en un acto, y el plazo de la demanda en otro. El artículo 1736 del Código Civil dispone que se debe notificar el desalojo de la vivienda con 90 días de antelación”.file:///home/zaira.boo/Escritorio/Desahucio_anciana_hijo.jpg
En los últimos meses, han aflorado varios movimientos que, ante la situación de crisis actual, pretenden poner fin a los desahucios de aquellas personas que no puedan pagar la hipoteca o alquiler mediante boicots y acciones de protesta. Para ello se amparan en el derecho constitucional a tener una vivienda digna pero olvidan que en los tiempos que corren la acción de este derecho se ve inexorablemente mermada o limitada. También ignoran el derecho del demandante, el cual se recoge en el artículo 24,1 de la Constitución como el derecho a la tutela judicial efectiva.
Pablo Gutiérrez, catedrático en ciencias jurídicas básicas, opina que “lo ideal sería encontrar un punto de equilibrio, ya que por crueles que parezcan los desahucios son necesarios. Si los aboliéramos, los bancos dificultarían aún más la concesión de préstamos hipotecarios y por tanto, se endurecería la crisis que sufrimos actualmente.
El Gobierno ha tenido que tomar parte en la crispante situación y ha “apretado” a la banca para que acceda a la dación y pueda acordar con la otra parte aun corriendo el riesgo de perder dinero, y ha anunciado que la edad o discapacidad no serán factores influyentes para evitar un desahucio.
Las consecuencias que conllevan las acciones de protesta contra los desalojos pueden llegar a ser catastróficas. El acceso a una vivienda se vería mucho más dificultado por los Bancos, que no serían partidarios de pactar una dación en pago e incrementarían el largo y paulatino proceso burocrático. De este modo, mucha más gente se quedaría sin vivienda. Se trata de un proceso circular, como la pescadilla que se muerde la cola.” según el entrevistado Pablo Gutiérrez.
Se deben buscar soluciones alternativas y consensuadas entre los dos negociantes que eviten el posterior desalojo obligado y, consiguientemente, el revuelo mediático y social.

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