sábado, 31 de marzo de 2012

La Audiencia Nacional no concede la nacionalidad española a un imam












El pasado 17 de Marzo, la Audiencia Nacional decidió rechazar la  petición de nacionalidad española al imam de la Barriada de Campohermoso, localidad de Nijar (Almería), alegando que no acepta la integración en la sociedad española, principalmente por pertenecer al movimiento Tabligh que, según la sentencia, propugna “la propagación de posturas intransigentes y comportamientos segregacionistas respecto a la población no musulmana que integra la sociedad en la que pretende vivir y dentro de la cual no tiene ningún interés en integrarse”. Este mismo movimiento religioso fue subvencionado en 2007 con 90000 euros por el ministerio de justicia.

El imam presentó un recurso contra la sentencia de mayo de 2010, donde se le negaba la nacionalidad española. En el recurso, el imam  alegaba vivir en España desde 1991, tener dos cuentas corrientes,un contrato laboral, no tener antecedentes penales y estar totalmente adaptado a la cultura española.

La Audiencia Nacional, además de comentar la pertenencia al movimiento Tabligh, añade que el imam participó en las revueltas del Ejido. Por otro lado, en las cuentas corrientes su mujer no aparece como titular, y, por último, el ciudadano marroquí no presentó los documentos que acreditasen que sus hijos están escolarizados.

El Teniente Fiscal de la Fiscalía Superior de Galicia y Profesor de Derecho Procesal Penal en la UDC (Universidad de A Coruña), José Ramón Piñol,  comenta que  “Cuando se  habla de integración se refiere al conocimiento de la cultura, la lengua y las tradiciones, o modo de vida de los españoles” por lo que los argumentos que aporta el imam no son suficientes.
Father and son on roundabout,Islamic festival,Cape Town,South Africa photo
El número de ciudadanos procedentes de países musulmanes no
   ha dejado de  aumentar en España en los últimos años. Fuente: www.inmagine.com
  
Por su parte, el especialista en Derecho de extranjería y  Profesor de Derecho internacional privado en la UVA (Universidad de Valladolid), Dámaso Javier Vicente Blanco,  habló de que  es lógico el rechazo a movimientos religiosos como el Tabligh “Los antropólogos dicen que los pueblos europeos latinos desconfiamos de quien actúa de forma distinta y aceptamos al de cualquier raza si funciona como nosotros  por lo que la desconfianza hacia el movimiento Tabligh es totalmente normal”. Además, coincidía con José Ramón Piñol en que” La integración no es sólo un elemento formal y la concesión de la nacionalidad española no es en sí misma un derecho, hay que demostrar que se pertenece a una colectividad humana (el pueblo de un país) de forma más inequívoca que al de otro país”.

Contrario a la sentencia se manifiesta el profesor de derecho penal en la Universidad de Oviedo, José Manuel Paredes Castañón, quien opina que "la denegación de la nacionalidad debería producirse exclusivamente cuando existiesen actos concretos que revelen una pauta constante de rechazo hacia elementos fundamentales del sistema de derechos fundamentales y de valores morales que se consagran en nuestro sistema jurídico".

Todos los  especialistas jurídicos están de acuerdo en   que el imam podría recurrir la sentencia por los cauces jurisdiccionales que el Derecho pone a su servicio e ir en último término al Tribunal Constitucional. Incluso podría ir, al Tribunal Europeo de Derechos Humanos, si así lo considera oportuno.

En el año 2010, la Audiencia Nacional si concedió la nacionalidad española a un miembro del movimiento Taglihg. Anteriormente, en el año 2006 le había sido denegada por informes del Centro Nacional de Inteligencia, en la que se afirmaba que este grupo religioso  era contrario a la integración social. En la sentencia de la Audiencia Nacional del año 2010, destacan que la pertenencia a este grupo no ha impedido la total integración en la sociedad de esta persona.

Fuentes: profesor de derecho penal en la Universidad de Oviedo, José Manuel Paredes Castañón. 


especialista en Derecho de extranjería y  Profesor de Derecho internacional privado en la UVA (Universidad de Valladolid),Dámaso Javier Vicente Blanco.

El Teniente Fiscal de la Fiscalía Superior  de Galicia y Profesor de Derecho Procesal Penal en la UDC (Universidad de A Coruña), José Ramón Piñol.

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