¨Un padre continúa la
huelga de hambre tras no ser reconocidos los derechos fundamentales de su hijo
e impedirle de su patria potestad¨
- Los puntos de
encuentro son los mayores focos de violencia y a largo plazo pueden influir en
el comportamiento de los menores.
Fuente: creación propia |
Redacción / LUGO. 22 Marzo 2012Angustia,
adjetivo que mejor define a un padre vigués , Eduardo Cereijo , tras haberse
separado de su mujer solicita, que se respecten los derechos fundamentales de
su hijo , menor , de tan solo 8 años. Además , solicita la custodia compartida
y , mientras no la consiga continuará la huelga de hambre que inició la pasada
semana.
La custodia compartida también es
conocida como Responsabilidad parental conjunta, formada por los beneficios que
supone tanto para los menores como para los progenitores. Actualmente , se está
aplicando con mayor énfasis en países como EEUU y Brasil , entre otros.
Normalmente , en cuanto a porcentaje ,
podemos decir que sobre un 85 /90 % , la guarda y la custodia se le adjudica a
las madres, lo cual supone separar al niño de uno de sus progenitores y a estes
de sus responsabilidades parentales respecto a sus hijos. Aunque, preferir
siempre la custodia materna es injusto y muchas veces, se llega a contradecir
en dos puntos , que son los siguientes: Uno , beneficia a las mujeres , ya que
en la mayoría de las separaciones tanto la madre como el padre desean quedarse
con la custodia de sus hijos. Segundo , tener la custodia de éstos , a la vez,
puede suponer un problema , ya que , en algunos casos, impide que la mujer separada
pueda tener nuevas oportunidades laborales. En definitiva, la patria potestad ,
que es el conjunto de derechos y deberes que corresponden a los padres sobre la
persona y el patrimonio de cada uno de sus hijos no emancipados como medio de
realizar la función natural que les incumbe de proteger y educar a la prole.
Deberes de los padres respecto de los
hijos
Conforme al artículo 154 del Código
Civil se establece que los padres podrán , en el ejercicio de su potestad,
recabar el auxilio de autoridad.
Además, es obligación de éstos ,
también , velar por sus hijos , tenerlos en compañía, alimentarlos, educarlos y
procurarles una formación integral.
La custodia compartida se solicita
cuando se produce una separación o un divorcio , entre otros casos. Unha separación
Es la autorización que da el Juez para que los cónyuges puedan
vivir separados de cuerpos y de bienes.La Separación no tiene porque ser Legal
o Judicial, también puede ser fáctica o de hecho, aunque sus Efectos Jurídicos
puedan tener distinta relevancia práctica.
También cabe señalar, que existen dos tipos de separaciones : La Separación de Hecho (puede ser de Mutuo Acuerdo por como abandono de un cónyuge sin el consentimiento del otro) y, la Separación Legal (cesan ciertos deberes y presunciones legales que tienen los cónyuges como el de fidelidad, vivir juntos, presunción de paternidad)
También cabe señalar, que existen dos tipos de separaciones : La Separación de Hecho (puede ser de Mutuo Acuerdo por como abandono de un cónyuge sin el consentimiento del otro) y, la Separación Legal (cesan ciertos deberes y presunciones legales que tienen los cónyuges como el de fidelidad, vivir juntos, presunción de paternidad)
A diferencia de lo que muchos pensamos, separación y divorcio no
son lo mismo , ya que la separación supone que el Matrimonio sigue
existiendo, tu Estado Civil será el de separado, que es una situación
propia y diferenciada legalmente, mientras que el divorcio supone una ruptura
de raíz. Además , La Separación puede entenderse como un periodo de
reflexión que se conceden ambos cónyuges para reconsiderar su situación personal
pero sin querer romper definitivamente el Contrato Matrimonial.
Eduardo Cereijo, también, se niega a
que su hijo tenga que acudir a un punto de encuentro , ya que allí , según
afirma el vigués, tiene que pasar por situaciones embarazosas y un poco
comprometidas.
Según afirma , la jefa do servicio da defensa del menor, Alba Pazo , estos lugares,
pensados inicialmente para separaciones normales, acogen ahora «sobre todo los
casos en que hay violencia sexista, por lo que en ellos no se aísla al menor de
la violencia», lo que atenta, según ella, «contra el artículo 3 de la Convención
de los Derechos del Niño».Aunque esto, nos pueda parecer contradictorio , ya que ella , en un primer momento nos recalcaba la importancia de estos centros , pero al mismo tiempo , reconoce las deficiencias que éstos tienen.
Además, en los puntos de encuentro se
produce, dice Pazo ,«una coacción clara para la víctima de violencia,
alimentada por la falta de vigilancia y la coincidencia con el agresor y su
entorno familiar». Denuncian también falta de intimidad y una larga lista de
deficiencias.
Por otra parte, tenemos otra visión
totalmente distinta , que se opone a la anterior y a la del padre, éstas son
las palabras de Alberto Tizón , técnico superior de la consellería de trabajo y
bienestar
:
Teniendo en cuenta la
acción llevada a cabo la semana pasada , por el Vigués , Eduardo Cereijo , que
se mantiene en huelga de hambre , ya que non quiere que su hijo vuelva al punto
de encontro . Cual es a su opinión sobre esto, Alberto?
La necesidad de disponer de un lugar
para facilitar el régimen de visitas después de una ruptura familiar se ha
erigido con fuerza, creo que es necesario dicho punto para facilitar la entrega y
devolución de los niños a sus padres y madres separados o divorciados cuando exista
una relación conflictiva entre ellos.
Un Punto de Encuentro Familiar es un
recurso neutral para las familias que en su proceso de ruptura precisan de apoyo
técnico e institucional que facilite las relaciones entre los hijos menores de
edad y otros familiares con los que no conviven habitualmente,
proporcionándoseles una intervención temporal de carácter psicológico, educativo y jurídico por
parte de profesionales especializados.
Su objetivo principal es garantizar la
seguridad y el bienestar del menor, tratándose por tanto de una alternativa
orientada a la normalización del régimen de visitas hasta que las
circunstancias que motivaron la necesidad de este recurso en cada caso concreto
desaparezcan, o hasta que los progenitores asuman su responsabilidad para
cumplir los acuerdos referentes al régimen de visitas y estancia con los niños.
Asimismo, reconoció que uno de los conflictos más habituales con
que se encuentran los magistrados a la hora de atender el régimen de visitas
,de los menores, es la entrega de los pequeños.
La fundamentación legal de los Puntos
de Encuentro residen en:
- La Constitución Española en su
artículo 39, apartado 1, establece que los poderes públicos asegurarán la
protección social, económica y jurídica de la familia, estableciendo la
obligatoriedad de que éstos aseguren la protección integral de los hijos, iguales ante la
Ley , independientemente de su fialiación y de las madres, cualquiera que sea su
estado civil.
- El Código Civil en sus artículos 94,
154, 158 y 173.4, en cuanto al derecho de visitas para el progenitor que no tenga
consigo a sus hijos.
- La Ley de Enjuiciamiento Civil, Ley
1/2000 de 8 de enero, en su artículo 776
Le parece correcta la idea de Cereijo de pedir la custodia
compartida de su hijo?Piensa que la conseguiá?
En este sentido , sí que estoy bastante
de acuerdo con Cereijo , ya que es el deber de todos los padres velar por sus
hijos y , también es cierto que todos quieren tenerlos a su lado .Por otra
parte, me parece una estupidez que se ponga en hulga y menos aún de hambre ; ya
que no por eso va conseguir la custodia compartida . Teniendo en cuenta , que
hay que determinar la situación de la pareja . Para que haya custodia
compartida, ésta tiene que ser solicitada por los dos cónyuges , deben estar de
acuerdo , sino no sería posible.
Además, hay que decir , que los niños
como mejor están es con el padre la madre a la vez y no , separados pero de no
poder ser así , la custodia compartida sería la mejor solución , para todos.
Tanto para los padres, como para los hijos.
Y , sobre la queja del
Vigués alegando que hai un ambiente violento , de malostratos, que opina?
En mi opinión , no hay nada de eso , ya
que tenemos un personal cualificado para dichos puntos y, que saben como tratar
a los niños en cada caso. No todos los niños son iguales ni tienen el mismo
comportamiento , se hay que adecuar a ellos. Violencia? El propio padre del
niño habla de violencia, creo que es un término demasiado duro para nombrar un
comportamiento , auque para que negar , que a veces, los padres cuando tienen
que devolver a sus niños al punto de encuentro , sí que chillan o mismo dan un
portazo , asi que que el padre hable de ¨violencia ¨resulta un tanto hipócrita
por su parte.
Fuentes : Alba Pazo ( la jefa do servicio da defensa del menor de la Xunta Galicia)
Alberto Tizón (técnico superior de la consellería de trabajo y bienestar de la Xunta de Galicia)
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