sábado, 31 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 2: Marzo.


ESLOVENIA RECHAZA LA ACEPTACIÓN DE LAS ADOPCIONES POR PARTE DE LAS PAREJAS HOMOSEXUALES


Redacción.  31/03/12

Paula Dopico Santamariña

 
El pasado domingo 25 de marzo de 2012, se llevó a cabo en Eslovenia un referéndum  nacional para aprobar la entrada en vigor de la nueva ley que promulgó el antiguo gobierno de centro-izquierda. El principal objetivo era conseguir que las parejas del mismo sexo lleven a cabo la adopción de un niño.
El 55% de los votantes han optado por el NO. FOTO: elaboración propia


Eslovenia siempre ha sido un país muy respetuoso con las parejas homosexuales, a diferencia de algunos países cercanos, en los cuales se producen maltratos e insultos hacia estas personas.  Ya en 2006 permitieron reconocer de manera oficial a las parejas en el Registro Civil.

La escasa participación del 26%  de la población en edad de ejercer su derecho al voto ha dado la mayoría al NO con un 55%, mientras que el 45% de los votos, ha promulgado que SI están de acuerdo con la aprobación de la nueva ley que supondría un nuevo avance en el reconocimiento de los Derechos Humanos y la Igualdad entre todas las personas.
Debido a este resultado, el proceso no será llevado a cabo y los legisladores no podrán elaborar una nueva ley hasta que venza el plazo estimado de un año.
El referéndum se ha llevado a cabo debido a la recogida de 42000 firmas que ha conseguido recolectar el grupo conservador “Iniciativa Civil para la Familia y los Derechos de la Infancia” que se han negado a contestar a preguntas y  hacer declaraciones para este periódico.
La aportación del bufete de abogados Iberforo: Bufete Carlos Martínez y Asociados nos ha ayudado a aclarar ciertas dudas sobre el caso esloveno y la situación legal que poseen en la actualidad las parejas del mismo sexo en nuestro país.
Hemos realizado un análisis en profundidad de los puntos que conforman la propuesta del antiguo gobierno gracias a la colaboración de los abogados Carlos Martínez González y Ana Martínez García y, en realidad, la ley que pretendían llevar a cabo sólo permitía adoptar al hijo biológico de uno de los cónyuges, no de terceras personas, como han informado algunos medios de comunicación de la zona.
Además,  los letrados coinciden en que todo tipo de adopción debe perseguir siempre el interés de los menores al margen de cualquier otro beneficio.

La falta de niños españoles hace que las adopciones se dirijan a los niños extranjeros.
FOTO con Licencia Creative Commons.

En el caso Español, las parejas homosexuales tienen mayor libertad de actuación. Desde el año 2005, el artículo 44 de nuestro Código Civil expresa claramente que “el matrimonio tendrá los mismos requisitos  y efectos cuando ambos contrayentes sean del mismo o diferente sexo”.
La mayoría de las adopciones que se producen en el país son adopciones internacionales debido a la falta de niños españoles. Las regulaciones de los países extranjeros niegan la adopción de los niños por parte de los homosexuales y, dado que la mayoría de los Tratados internacionales lo prohíben, las parejas españolas tampoco pueden llevar a cabo una adopción, debido a que el niño está bajo el amparo de las leyes de su país natal.
Este hecho no es más que un ejemplo de los cientos que existen en todo el mundo para conseguir la igualdad de los Derechos Universales. A pesar de la negativa de los eslovenos, el Parlamento Europeo sigue promulgando su deseo de que los países regulen y reconozcan las uniones y adopciones de las parejas homosexuales, pero, lo que ocurrirá en un futuro, seguirá siendo un gran misterio.
 

No hay comentarios:

Publicar un comentario