El futuro de los divorcios: ante notario o por Internet
En la actualidad hay cada vez más
facilidades a la hora de deshacer un matrimonio en España. Desde la
reforma del Código Civil en el año 2005 en escenario se ha
transformado de forma considerable. Para comenzar, hay dos términos
que sería preciso distinguir, el de separación y el de divorcio. A
diferencia de lo que se pueda pensar, la separación imposibilita que
los cónyuges vuelvan a casarse; aunque cesa su convivencia en común.
Por el contrario, una pareja divorciada puede volver a contraer
matrimonio siempre y cuando sea por lo civil.
EL DIVORCIO VÍA INTERNET
Una práctica que cada vez está
cogiendo más impulso en nuestro país es la del divorcio express a
través de Internet. Juan Antonio Maldonado, abogado especialista en
derecho de familia, dirige el primer bufete de España que ofertó a
sus clientes la posibilidad de divorciarse por Internet. Según sus
palabras, este procedimiento es el idóneo para parejas que han
tomado la decisión de poner fin a su convivencia de mutuo acuerdo y
lo quieren hacer de una forma rápida y sencilla. Algunas de las
páginas más populares que se ofertan en buscadores de Internet son
divorcioexpress.com, divorciodesdecasa.com, o divorcioya.com y los
precios que anuncian oscilan entre los 200 y los 300 euros por
cónyuge.
Desde que hace siete años se
modificase la ley, los únicos requisitos para efectuar esta nueva
modalidad de divorcio son que la unión se haya producido al menos
tres meses antes, que haya sido celebrado en España o por residentes
extranjeros en territorio español.
El proceso a seguir para divorciarse
por Internet comienza al ponerse en contacto con alguna de estas
páginas, completando un formulario. En un plazo de un día o dos,
los cónyuges recibirán un convenio regulador que deben firmar, se
trata de un documento en el que aparecen reflejados el reparto del
patrimonio conyugal, el uso de la vivienda familiar y la custodia y
régimen de visita de los hijos si los hubiese. El siguiente paso del
bufete que lo tramita, después de haber firmado toda la
documentación necesaria es ponerse en contacto con el procurador,
que presenta la demanda que posteriormente debe ser ratificada por
los cónyuges. Transcurrido un determinado tiempo oficialmente
estarán divorciados.
Como apunta el autor y profesor de
derecho de la Universidad de Sevilla, Tomás Rubio Garrido, “las
expectativas con esta práctica son altas porque no tiene sentido
mantener el divorcio en los juzgados cuando es de forma consensual”.
Por otra banda, el investigador y también profesor en la facultad de
derecho sevillana que estas prácticas, aunque “útiles y fiables,
deben hacerse a través de la Administración y no por particulares”
y “pudieran convertirse en meros trámites pero únicamente en caso
de existir mutuo acuerdo entre los miembros de la pareja”.
EL DIVORCIO NOTARIAL
La otra práctica de la que hablaremos
y que en la actualidad está en boca de muchos medios y expertos
gracias a las declaraciones del Ministro de Justicia, es el divorcio
notarial. El pasado febrero, Alberto Ruiz Gallardón planteaba la
posibilidad de que se comience a aplicar también en parejas con
hijos menores. Pero, ¿qué es el divorcio notarial?. Pues se trata
principalmente de un divorcio de mutuo acuerdo, para parejas que
lleven más de dos años de casados, sin hijos menores ni bienes
comunes (en esto se parece al divorcio vía Internet) pero que puede
realizarlo un notario. La principal crítica que se le realiza a
esta práctica es el posible encarecimiento del proceso, además del
temor a que desaparezca la figura del fiscal. Si todos los divorcios
los tramitasen notarios se reducirían considerablemente los costes
de la Administración, ya que en la actualidad es el Ministerio
Fiscal el encargado de revisar todos los convenios.
Como podemos observar, ambas prácticas
están estrechamente relacionadas y las dos suponen una forma de
agilizar el proceso de divorcio, aunque ambos tienen ciertos riesgos.
Por un lado, el peligro de contactar con una empresa poco fiable en
el caso del que se realiza vía internet y por otro, el de no
garantizar siempre el derecho de los menores ( en el caso de que la
iniciativa de Gallardón se lleve a cabo).
Eva Quintás Rocha
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