sábado, 31 de marzo de 2012

El consentimiento del juez publicado después de 10 meses de espera.


Los novios Katarzyna y Andrzej esperaban esta sentencia desde el marzo del año 2011. Ambos son discapacitados y esto fue una causa por la que el funcionario empleado en el registro del estado civil les denegó su derecho a contraer el matrimonio.  Katarzyna sufre el parálisis cerebral desde el niñez, no puede moverse sola, ni tampoco se expresa claramente, pero vive junto con Andrzej desde hace unos años. Él le cuida y le ayuda en la vida cotidiana.  

En el 2011 tomaron una decisión de casarse. No obstante  no esperaban que oirán que puede ser que su matrimonio no sea conforme del ordenamiento jurídico y por eso si quieren casarse tienen que acudir al juzgado para que el resuelva el supuesto. 

El funcionario que tomó la decisión la argumentaba  que a causa de las problemas con hablar la novia no puede tomar la decisión consciente, además parecía ser una persona inquieta, agitada. Por tanto el funcionario  actuó conforme  el Código Familiar y Tutelar, cual establece que ´´cuando hay dudas se puede denegar la realización de los derechos’’. Por supuesto existe la vía de la control judicial de esta decisión.
Cuando se aparecieron primeros artículos en la prensa y los reportajes en la televisión que trataban de la vida de los novios se ocurrió que Katarzyna, a pesar de sus problemas, terminó unos cursos para formación en las ciencias económicas y que no sufre ninguna enfermedad psíquica.
De hecho hay que destacar que el catalogo de los obstáculos para  contraer el matrimonio según el Código Familiar y Tutelar polaco es bastante amplio y todas las causas se les enumera de tal manera que no se puede ni restringir ni ampliar el catalogo a través de la interpretación.
Sin embargo las  expresiones que usa el legislador polaco (cuales a la vez constituyen premisas negativas para contraer el matrimonio) pueden causar dudas, porque no son precisas. Uno de los obstáculos se relaciona con la ´´incapacidad´´ (cosa diferente que ´´discapacidad´´). En el derecho polaco se distingue entre la capacidad, incapacidad parcial y incapacidad total, pero sólo la tercera afecta a la posibilidad de contraer el matrimonio. Los cambios de la capacidad de obrar tienen que ser reconocidos solamente por los jueces, sin embargo puede caber la posibilidad que existe ya una opinión medica de unos peritos que constata la enfermedad psiquiátrica o el retraso mental y normalmente a estas personas no se permite contraer el matrimonio, salvo que en la otra opinión el perito no ve ningún peligro o prejuicio en el hecho de contraer el matrimonio.

Según Mgr Ewa Olszewska, LL.M., de Catedra del derecho civil y mercantil de Uniwersytet Szczeciński ´´el comportamiento del funcionario público en el caso presentado esta justificado a través del art. 5 de Código Familiar y Tutelar. Cuando existen dudas, el funcionario tiene una obligación de preguntar al juez, si será posible la contratación del matrimonio. De las circunstancias presentadas se puede entender que existieron dudas en cuanto al estado psíquico de la novia, diciendo más concreto: que ella sufre un retraso metal o tiene una enfermedad psíquica, que según  el art. 12 del Código Familiar y Tutelar es un obstáculo para contraer el matrimonio. Asimismo cabe destacar que la enfermedad psíquica no equivale (como la premisa) al incapacidad total.´´
Esta cuestión estará examinada por razones de los niños matrimoniales que también pueden sufrir las mismas enfermedades que uno de los padres. Asimismo cabe añadir que las enfermedades del tipo mental pueden influir en las facultades de los padres de cuidar sus hijos e hijas.
Olszewska añade que el manteamiento de estas normas en el ordenamiento jurídico puede provocar varias controversias. Ya que el supuesto trata de unas expresiones cuyos pruebas de definiciones pueden contribuirse a varias interpretaciones. Encima el funcionario público no dispone el conocimiento especializado para constatar con la certeza cual es el estado psíquico de los ovinos.  A veces la evaluación del comportamiento de las personas  puede provocar dudas. La disposición legal que permite al control el estado psíquico de los novios permite el art. 561§3 del código del procedimiento civil, pero este tiempo necesario para el examen completo puede causar el estrés innecesario.
Hay que subrayar que las normas que prohíben  contraer el matrimonio por la personas incapacidad de manera total sería la premisa suficiente.´´ 

Muchos de los psicólogos y psiquiatras que tomaron palabra en este supuesto decían que Katarzyna es discriminada, ya que fue obvio que no existía ninguna razón para prohibir la contratación del matrimonio. Más problemas aparecieron cuando el supuesto empezó a ser examinado por  en el juzgado de la primera instancias, porque fue proado que Andrzej tiene unas citas con médicos  en el consultorio psiquiátrico, si embargo. Los peritos que lo examinaron por unos meses no confirmaron ninguna enfermedad psiquiátrica.
Al principio del año 2012 el juez publicó una sentencia en este caso. La resolución podía ser única – no existen las causas que prohibieran  a Katarzyna y Andrzej casarse, sin embargo – según el juez –  el funcionario que rechazó su petición no violó ningún derecho.

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