Un
millón de euros por 13 años en la cárcel.
La
Audiencia Nacional ha indemnizado a Ricardi que pasó 13 años en la
cárcel injustamente.
Rafael Ricardi, gaditano juzgado y
condenado a 36 años por una violación que, finalmente, en el 2008
se demostró que no había cometido, será indemnizado con un millón
de euros según ha afirmado la Audiencia Nacional. Ricardi pasó 13
años injustamente en la cárcel debido a un error judicial, ya que
las pruebas eran insuficientes e inexactas. En el 2008, los análisis
de ADN revelaron la verdadera identidad de los violadores que fueron
condenados a más de 200 años de prisión. Sin embargo, Ricardi ya
había perdido 13 años de su vida; por ello, la Audiencia Nacional
se ha visto obligada a resarcirlo.
El catedrático de derecho, Asdrúbal
Aguiar, ha declarado que al haber un error judicial, en este
caso, en el ejercicio de la labor del juez, “la administración del
estado tiene la obligación de resarcir los daños causados por la
condena injusta. Aunque, a menudo, resulta difícil resarcirlos con
dinero, pero es el único medio que tiene el estado.”
Los abogados de Ricardi exigían una
indemnización de diez millones de euros, ya que afirman que el
afectado había sufrido daños mentales irreversibles durante esos 13
años. Su estado psiquiátrico responde, prácticamente, a una
demencia, por lo que es incapaz de administrar y atender a su persona
y su patrimonio. La sentencia estima que esos problemas no han sido
provocados por su estancia en prisión, sino que vendrían ya de muy
atrás. Ni siquiera habrían influido en su arraigo laboral ya que
antes solo se dedicaba a mendigar y a “vivir de gorrilla”.
Tampoco afectó a sus relaciones familiares ya que antes de ser
encarcelado estaban totalmente desestructuradas. Además, no existe
una base probatoria que demuestre que esos daños hayan sido
motivados por su encarcelación, sino que es más probable que sean
anteriores a la misma.
Antonia Alba, abogada de Ricardi, se ha
mostrado contenta con la resolución de la indemnización aunque no
sea la que se exigía inicialmente. Armando Rodríguez,
catedrático de derecho, se ha referido a esto y ha declarado que “la
cuatificación monetaria de los sentimientos es compleja; nada podrá
remediar el tiempo perdido, pero la función de la Audiencia Nacional
es indemnizar con una cantidad que se considere suficiente y justa.
Pero lo que la Audiencia estima justo y oportuno, a menudo, difiere
con lo que el afectado cree que merece. El objetivo, en todo caso,
debe ser el de resarcir con la mayor objetividad posible”.
Ricardi y sus abogados quieren que su
caso sirva para hacer una reflexión sobre el principio de inocencia,
in dubio pro reo, que se está viendo muy distorsionado en una
sociedad que juzga y condena antes que el propio juez.
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