sábado, 31 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 2 - Jesús Silva Vilas

Detenido un hombre por no dejar salir a su hija de 16 años



El pasado 28 de Febrero, un padre fue detenido por no dejar salir de casa a su hija de 16 años. Los hechos tuvieron lugar en Úbeda (Jaén), en la casa paterna. La madre, que vive en Baeza –se encuentran en trámites de separación- respaldó la decisión como un castigo por la mala conducta de la joven. La adolescente denunció lo ocurrido en una llamada a la Guardia Civil e inmediatamente el padre fue detenido. Tras prestar declaración, el hombre fue puesto en libertad, acusado de un presunto delito de detención ilegal.

A primera vista, y tal y como se presentó la noticia en su día, “el arresto de unos padres por castigar a su hija por mal comportamiento” podría parecer una interpretación excesiva de las normas vigentes, si no fuese porque la menor denunció a la Guardia Civil que fue golpeada y recluida en un chalet en construcción a donde su padre le llevaba comida dos días a la semana. Equipos de investigación contactaron con los padres para esclarecer si se trataba de un desamparo, pero no apreciaron indicios de malos tratos ni pruebas que respaldasen la versión de la joven. A pesar de todo, la menor de 16 años ha sido internada en un centro de acogida de la Junta de Andalucía –de donde se fugó días más tarde, para ser encontrada por la Guardia Civil al cabo de unas horas- a la espera de que se aclare lo sucedido. La noticia ha generado un enorme revuelo, reabriendo un viejo debate: ¿Estamos ante un exceso de los padres en sus facultades de corrección por el mal comportamiento de su hija?

Foto: Propia
Alberto Romero, Licenciado en Derecho por la Seton Hall School of Law (New Jersey),  opina que nos encontramos  ante “un interesante, por no decir, confuso debate jurídico en el ámbito de derechos / deberes contrapuestos en las relaciones paterno-filiales”. Si los hechos denunciados por la joven fuesen ciertos- su reclusión en un chalet en construcción recibiendo comida dos veces por semana-, esto excedería lo que se considera una “corrección razonable” por parte de los progenitores.  Se incumpliría claramente el artículo 154 del Código Civil, que establece que la autoridad legal de los padres sobre sus hijos no emancipados debe ejercerse siempre en beneficio de estos, de acuerdo con su personalidad. Romero concluye que “la patria potestad debe ejercitarse para la protección y el bienestar de los hijos, y  si los padres son incapaces de ejercerla deberán recurrir al auxilio de las autoridades competentes”.

Por otro lado, cabe la posibilidad de que la denuncia tramitada por la Guardia Civil no prospere en el juzgado, ya que no hay indicios de que el padre haya cometido ningún delito al impedir que su hija saliera de casa ese día, motivo por el que es muy posible que el caso sea archivado. Puede que todo haya sido una exageración de la joven, cuya llamada fue suficiente para que se produjera la detención. La consejera andaluza para la Igualdad y Bienestar Social, Micaela Navarro, ha señalado que se ha seguido el protocolo habitual en estos casos. “A instancias de la fiscalía se aparta a la menor de inmediato del entorno familiar por si existe algún riesgo”, e indica que la medida es provisional.

De cualquier forma, la situación de la chica no deja de ser paradójica, pues ha dejado de vivir en un chalet en el que decía “estar retenida”, a encontrarse en un Centro de acogida de la Junta de Andalucía donde, previsiblemente, los horarios de salidas son bastante más restrictivos.

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