sábado, 31 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 2

España cuenta con casi 250.000 nuevos nacionales

Del total de solicitudes (más de 500.000) se ha aprobado el 48%, aunque aún hay un buen número en trámite.

A raíz de la disposición séptima de la Ley para la Recuperación de la Memoria Histórica, también conocida como "Ley de Nietos", 241.763 descendientes de españoles han adquirido la doble nacionalidad.

Gran parte de los exiliados en la época de Franco se dirigieron
a México, de ahí el gran número de solicitudes recibidas.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, del total de solicitudes recibidas, se han aprobado más del 48%. La mayoría de peticiones procedían de hijos de padre o madre de origen español, mientras que únicamente un 6% de nietos de españoles que perdieron la nacionalidad o tuvieron que renunciar a ella con  motivo del exilio.

México es uno de los países con más solicitudes de doble nacionalidad; y es que hasta el día 27 de este mes el Consulado de España en México había tramitado 16.000 expedientes (apenas un 35% de los presentados), de los cuales únicamente un 1% había sido rechazado.

Nos cuenta el Doctor en Ciencias de la Información y Licenciado en Derecho Lito García Abad, que "la posibilidad de la doble nacionalidad está reconocida en el ordenamiento jurídico español fundamentalmente en atención a aquellos países histórica y culturalmente vinculados a España, como son los latinoamericanos o Guinea, entre otros"

Para poder realizar esta solicitud, debe "existir un convenio que los regule, ya que la doble nacionalidad lo que provoca es que la persona quede vinculada a dos ordenamientos jurídicos que seguro que serán distintos" Así lo afirma el apartado 3 del Artículo 11 de la Constitución española:

"El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España."

También nos cuenta que "la persona que radique en el territorio de uno de los países, quedará sujeta a la legislación de ese Estado y tendrá, no obstante, ciertos beneficios de derecho internacional frente al otro Estado, ante el que es nacional en cualquier caso" Asimismo, también le otorga "aquellos derechos y deberes que el ordenamiento jurídico (español, en este caso) le reconozca, como puede ser el derecho a voto"


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