jueves, 29 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 2


Un empresario balear lega la mitad de su fortuna a la Familia Real

Los Príncipes de Asturias y los nietos de los reyes recibirían el 50% de la herencia del empresario menorquín Juan Ignacio Balada Llabrés.

Pontevedra | Sergio Álvarez

La Casa del Rey informó en enero de 2010 que el albacea testamentario de un empresario de Menorca, Juan Ignacio Balada Llabrés, fallecido el 18 de noviembre del año anterior, había contactado con los Príncipes para comunicarles la decisión de Balada Llabrés de cederles la mitad de su fortuna, que todavía no ha sido cuantificada.
Según han confirmado fuentes de la Casa del Rey, los Príncipes no mantenían relación alguna con el empresario ni tenían ninguna información sobre él ni sobre su deseo de cederles sus bienes.

Hasta el momento los Príncipes de Asturias no se han pronunciado al respecto de una posible aceptación de la herencia ni de cuál sería el destino del dinero en caso de recibirlo, ya que están a la espera de la comunicación oficial por parte del abogado catalán que ejerce de albacea testamentario para tomar una decisión. Un punto a destacar sería que parte de la transmisión objetiva de los bienes podría verse retrasada por el hecho de que los nietos del rey son menores de edad.

Cristina Sánchez, jueza del Juzgado de Primera Instancia e Instrucción número 2 de Caldas de Reis (Pontevedra), ha señalado que las condiciones de aceptación en este caso son similares a las demás -las convenidas por los artículos 991 y 992 del Código Civil- y que en el caso de los menores, sus representantes legales (sus padres) serían los receptores de los bienes. Además, ha aclarado, con respecto a la reclamación por parte de la familia del fallecido, las condiciones pasarían por «reclamar el dinero sólo si impugna el testamento, por ejemplo por vicio del consentimiento». No obstante, también se podría reclamar en caso de que «el testamento vulnere la legítima, que es la porción de la herencia a la que los familiares tienen derecho por ley».

Por otro lado, el catedrático de Derecho Civil de la Universidad Politécnica de Cartagena, Carlos M. Díez, ha subrayado la posibilidad de la repudiación de la herencia, ya que si las personas designadas como herederos o legatarios no aceptaran la atribución realizada en su favor, el destino de su porción dependerá de lo que se hubiera establecido en el testamento. A falta de previsiones especiales, los legados no aceptados corresponderán a los herederos.

Finalmente, convendría destacar que, al tratarse de una herencia superior a los 797.000 euros, la Comunidad Autónoma de Islas Baleares retendría un 68 por ciento de los bienes, como señala la Ley General Tributaria y el Impuesto de Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.


Fuentes vivas: Carlos M. Díez Soto, catedrático de Derecho Civil; Cristina Sánchez Neira, jueza.
Fotografía: http://estaticos.20minutos.es/img/2009/07/30/987296.jpg Licencia Creative Commons (cc-by-sa-2.1)

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