Una monja
es la primera acusada por la Fiscalía por robo de niños
La Fiscalía
ha denunciado por detención ilegal a Sor María Gómez Valbuena, monja
octogenaria de las Hermanas de la Caridad. El caso lo llevará el juzgado de
instrucción número 43 de Madrid.
Casi 1500 familias han presentado denuncias por robo
de niños en España durante la etapa final del franquismo. Muchos de los casos
se atribuyen a la ya desaparecida “Clínica San Ramón”, que se situaba en el
número 143 de la Calle del Paseo de la Habana, la cual colaboraba con la A.E.P.A (Asociación Española para la
Protección de la Adopción). El director de la clínica era el ginecólogo Eduardo
Vela, a quien acompañaba como asistenta social la monja Sor María Gómez
Valbuena, que también trabajaba para la Clínica Santa Cristina, y se anunciaba
en revistas para ayudar a madres solteras.
El funcionamiento de la clínica no era siempre el
mismo. En algunos casos, los padres que querían adoptar a un niño acudían a la
clínica, dónde les pedían, a cambio del bebé, que llevasen a una embarazada que
no quisiese a su hijo. En otros casos, se suplantaba la identidad de la
embarazada, de manera que, la mujer que quería adoptar, entraba en la clínica
con un cojín en su barriga y salía de allí con un bebé, y se inscribía en el
registro civil como un hijo legítimo. Todas las familias que se disponían a
adoptar a un niño, tenían que pagar una cantidad de dinero, que cubría el parto
de la mujer que daba a luz a este niño, beneficiándose de esta manera los
integrantes de la clínica.Estos hechos, fueron denunciados por muchas madres
biológicas, que culpan a Sor María del robo de su bebé. Cuentan que en la
clínica les dijeron que su hijo estaba muerto o tenía malformaciones. Si lo
quería ver, les enseñaban un bebé muerto que tenían en una cámara frigorífica
como contó la enfermera de la Clínica San Ramón en un reportaje producido por “El
Mundo TV”.
La Fiscalía denunció por detención ilegal a Sor
María que será citada a declarar en los próximos meses por el juzgado de
instrucción 43 de Madrid. La religiosa ya fue citada por la fiscalía, pero se
acogió a su derecho a no declarar. El artículo 163 del Código Penal es el que
regula las detenciones ilegales, y en su primer apartado señala que el
particular que privase de su libertad a un individuo, será castigado con la
pena de prisión de cuatro a seis años, y si esta privación de la libertad
durase más de 15 días, la pena de prisión se impondrá de 5 a 8 años, como ha dicho el Fiscal Jefe de la Audiencia
Provincial de Pontevedra, Juan Carlos Aladro.
Uno de los mayores
problemas de este caso, es el silencio infranqueable por parte de todos los implicados,
y la desaparición de los papeles en los que aparecía todo lo que se transitaba
en el centro. El doctor Vela, estuvo encausado cuando se llevo a cabo el cierre
de la clínica, pero nunca fue condenado ya que no se probó su responsabilidad.
En una entrevista realizada por RNE en el programa “La noche abierta” de Luis
de Benito en 1981, el ginecólogo pronunció estas palabras: “me enorgullezco de haber
prestado ayuda a todas las madres que en un momento determinado por la situación
social han dejado a su niño y no me tengo que arrepentir de nada”, y alega
haberse ajustado a las leyes de la época.
La plataforma “Afectados
Clínica San Ramón, Santa Cristina y Belén de Madrid”, cuyo objetivo es buscar
sus orígenes para construir su identidad, contactar con nuevos afectados, y
crear conciencia social sobre su problema, cuenta que la ley que regía la
adopción era la del año 70(Ley 7/1970 de 4 de Julio). Esta ley fue substituida
por la Ley de Adopción de 11 de noviembre 1987, ya que la anterior había
generado cierto descontrol en las adopciones por supuestos vacíos legales.
Todos los adoptados bajo
esta ley, no presentan Tutela constituida ni consejo de familia. Esto quiere
decir que durante seis meses no constó su paradero legal en ningún documento de
adopción. Pero, en un certificado que posee la plataforma de la A.E.P.A, en la
mayoría de los casos no se cumple con el plazo fijado por la ley ya que, la
fecha del documento es anterior a los 6 meses que se establecen si se confirma
el abandono. Los trámites previos a la adopción no estaban suficientemente regulados por la ley.
La lucha por conocer sus orígenes aumenta, y muchas madres biológicas han dado su testimonio, se han unido para poner denuncias, poder encontrar a sus hijos, y hacer justicia.
La lucha por conocer sus orígenes aumenta, y muchas madres biológicas han dado su testimonio, se han unido para poner denuncias, poder encontrar a sus hijos, y hacer justicia.
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