El TS anula el último
recurso contra el justiprecio fijado por el TSXG
Definitivo golpe del Supremo a Costa Miño Golf
Definitivo golpe del Supremo a Costa Miño Golf
>Los afectados, casi un centenar, esperan una
respuesta por parte del Concello de Miño.
>La sentencia confirma el precio establecido por el
TSXG y obliga al Concello a pagar las costas del juicio.
Pablo Díaz Bouza | A Coruña | 14/3/2012
Pablo Díaz Bouza | A Coruña | 14/3/2012
El Tribunal Supremo sentenció el pasado
16 de enero contra el último recurso interpuesto por el Concello de Miño sobre
el justiprecio establecido por el TSXG. El Alto Tribunal Gallego había fijado
el precio en 25´90 euros, muy lejos de los 6´29 euros establecidos en primera
instancia por el Jurado de Expropiación. A esta sentencia se une otra, también
del Supremo, en la que se obliga a Martinsa-Fadesa, empresa concesionaria de la
urbanización, a presentar un aval de 31 millones de euros para garantizar el
pago a los expropiados. Esto supone un duro revés para la inmobiliaria, que
actualmente atraviesa un Concurso de Acreedores.
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Costa Miño Golf en 2011 |
Cinco años después de que Manuel Jove
vendiese la inmobiliaria al empresario madrileño Fernando Martín, y cuatro años
después de que la nueva empresa, Martinsa-Fadesa, suspendiese pagos debido a su
abultada deuda, la inmobiliaria aun se encuentra en Concurso de Acreedores. El
Tribunal Supremo ha obligado a Martinsa a presentar un aval de 31´8 millones de
euros para hacer frente a los pagos de decenas de expropiados. En este aval
estarían incluidos los intereses por demora que, según la Asociación de
Afectados, supondrían el 30% del valor de las fincas y el nuevo justiprecio
establecido en sentencia firme por el Supremo.
Afectados por las expropiaciones han
recibido ambas sentencias con recelo, ya que no es la primera vez que la
justicia falla a su favor y el concello recurre a tribunales superiores. Muchos
de los afectados afirman sentirse indefensos ante la administración, critican
una ley de expropiación que consideran poco garantista y anacrónica.
Fuentes próximas al mundo jurídico admiten
que concello debe acatar ya las sentencias. Luis Míguez Macho, catedrático de
derecho Administrativo en la Universidad de Santiago, afirma que las sentencias
“no tienen vuelta atrás”. Según Macho, el concello “se ha quedado sin margen de
maniobra” ya que la sentencia del supremo “no se puede recurrir a ningún
organismo judicial superior”. Luís Míguez también afirma que, como ha advertido
el Supremo, de no cumplirse la sentencia los expropiados podrían iniciar
trámites legales para exigir al concello responsabilidades patrimoniales. Al
igual que los expropiados, el catedrático afirma que la ley no ofrece ningún
tipo de garantía, ya que tanto la determinación del justiprecio como el pago de
los bienes se realiza una vez que estos ya han sido ocupados.
Por otra banda, el también profesor de
Derecho Administrativo de la Universidad de Coruña, Gonzalo Barrio, critica que
la mayoría de los procesos expropiatorios se llevan a cabo por el conocido como
“proceso de urgencia”, en el que la declaración de expropiación se lleva a cabo
sin que el expropiado tenga tiempo a poder recurrir el proceso. En muchos
casos, el afectado se entera de la expropiación “cuando las máquinas llegan a
la puerta de su casa”. Para Barrio existe, además, una “afectación en derecho
de propiedad privada” ya que se produce una privación coactiva de un bien
patrimonial.
Si en algo coinciden estos dos
profesionales del derecho es en que la ley de expropiación necesita un profunda
renovación, consideran que la administración posee un papel dominante en este
tipo de procesos mientras que el expropiado únicamente se consuela con los
intereses o con un incremento del valor de sus bienes.
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