miércoles, 14 de marzo de 2012

NOTICIA JURÍDICA (CASO ODYSSEY)

El Gobierno español gana la batalla frente a la empresa cazatesoros Odyssey

El tesoro vuelve a España tras más de doscientos años de viaje

Santiago | Fernando Vega 14-03-2012

El sábado veinticinco de Febrero regresó a España el tesoro encontrado en la hundida fragata “Nuestra Señora de las Mercedes”, respondiendo así a la sentencia del Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que apoyó al gobierno español en sus acusaciones contra Odyssey Marine Exploration.

El dieciocho de mayo de 2007, la empresa cazatesoros estadounidense, Odyssey Marine Exploration, anunció que había encontrado en un pecio un cargamento de monedas de oro que habían transportado a los Estados Unidos. La operación fue acuñada con el término “Cisne Negro”.

A partir de ese instante, el Gobierno español emprendió una profunda investigación para averiguar la situación exacta en la que se encontró el tesoro, a qué barco pertenecía y con qué permisos contaba para hacerlo. Meses después, instituciones como la Real Academia de la Historia, el Museo Arqueológico Nacional o el mismo Ministerio de Cultura, reconstruyeron la historia completa del pecio, consiguiendo demostrar que fue de “La Señora de Nuestras Mercedes” de donde se extrajo el tesoro. La investigación demostró que “La Mercedes” estuvo en servicio militar activo con la misión de proteger al Estado español y a sus ciudadanos a lo largo de toda su historia, y también en el momento en que explotó y se hundió en combate. Por otro lado, el trabajo del gobierno probó que la empresa estadounidense era consciente de ello y que por eso trasladó en secreto el oro desde las costas de Portugal hasta Gibraltar, en primer lugar, para más tarde transportarlo a Estados Unidos.

De este modo, el Ministerio de Cultura inició un proceso judicial en el que España reclamó sus derechos sobre el tesoro encontrado. La sentencia dictada por el Tribunal de Apelaciones de Atlanta obligaba a Odyssey, en el pasado Noviembre, a devolver las monedas a la península. Sin embargo, la empresa estadounidense presentó un recurso basándose en que el hundido barco no se encontraba en una misión militar defensiva en el instante en que fue alcanzado por un tiro de cañón y que, por tanto, el Estado español perdía la soberanía de dicho pecio. El jefe del Tribunal Superior de Galicia, Emilio Fernández de Mata, rechaza de modo expreso el recurso presentado explicando que “se debería aplicar la ley del pabellón, es decir, la ley de la bandera que llevaba el buque –española-. Si el barco es de bandera española, se considera como si fuera territorio español, y, en consecuencia, los bienes existentes en el mismo son también españoles, con independencia de que exista un acto de guerra, piratería, naufragio, etc. y que el barco se encontrara en aguas internacionales o nacionales. Lo que sería discutible sería la posible compensación a los herederos de aquellos que pudieran transportar dinerario de su titularidad en el buque.” Y esto fue precisamente lo que hizo el Tribunal Supremo de los Estados Unidos, que a día 31 de Enero de 2012, dio un plazo de diez días para devolver a España las 595.000 monedas además de tejidos, fragmentos metálicos y balas de cañón, que se encontraban custodiadas en la ciudad de Florida.


Buque insignia de la empresa Odyssey Marine Exploration. Fotografía de Tim Green.


José Ignacio Wert, actual ministro de Educación, Cultura y Deporte, junto con su Departamento, habían estudiado el procedimiento más oportuno para el traslado de la mercancía, que finalmente se realizó a través de dos aviones Hércules de las fuerzas aéreas estadounidenses, que despegaron a las las 12.16 y 12.21 hora local, respectivamente, de la base MacDill con destino a España. Finalmente, tras más de doscientos años perdido, el escondido tesoro de “Las Mercedes” regresó el sábado veinticinco de Febrero a media tarde aterrizando en la base aérea de Torrejón (Madrid), tras hacer dos paradas técnicas en la base aérea de McGuire de Nueva Jersey y en la base aérea de Lajes, en Isla Terceira de las Azores.

Pero, ya habiendo sido trasladadas las monedas, aún queda una pregunta sin resolver: ¿Quién asumirá los costes del traslado? “Mi opinión es que no tiene derecho –empresa Odyssey- a reclamar estos gastos”, son palabras de Rita Rocafort, abogada y codirectora de SERVIGO SL. La viguesa explica como “fue la propia Odyssey quien excavó y posteriormente trasladó en secreto (…) las monedas encontradas en la fragata española. De hecho, inicialmente, Odyssey alegó que estaba buscando el pecio del Sussex, un barco de bandera británica hundido en 1964. Sin embargo, una vez que las monedas ya se encontraban en Estados Unidos, la empresa afirmó que el hallazgo provenía de otro barco, sin dar más datos, e insistiendo en que la operación de rescate no se desarrolló en aguas territoriales españolas y se negó a dar más información. Además Odyssey fue quien exigió a los Tribunales ser nombrada custodia del tesoro, habiendo emitido una declaración jurada en la que aceptaba asumir la responsabilidad de salvaguardar la carga y todos los costes de su almacenaje y custodia. Así, fue de España quien le solicitó el asumir tales responsabilidades y, por tanto, Odyssey no puede pretender ahora trasladar dicha responsabilidad a España”.

Ya llegado a España, el valeroso hallazgo no permitirá un saneamiento de las arcas públicas ya que tanto el pecio como lo existente en su interior es considerado patrimonio histórico, y dentro del mismo patrimonio arqueológico, como establece el artículo 40.1 de la Ley 16/1985 de 25 de junio de patrimonio histórico: “(…)forman parte del Patrimonio Histórico Español los bienes muebles o inmuebles de carácter histórico, susceptibles de ser estudiados con metodología arqueológica, hayan sido o no extraídos y tanto si se encuentran en la superficie o en el subsuelo, en el mar territorial o en la plataforma continental(...)”. De hecho, como explica Emilio Fernández de Mata, el Estado no sólo no puede enriquecerse a costa del tesoro, si no que tiene la obligación legal de protegerlo, pues este se refugia bajo el artículo 28 de la ley antes citada: “Los bienes muebles que forman parte del Patrimonio Histórico Español no podrán ser enajenados por las Administraciones Públicas”.

Pero por si el conflicto con la empresa estadounidense no hubiera sido suficiente, hace poco se apuntó a la batalla Perú. El país sudamericano hizo una serie de reclamaciones encontrando apoyo jurídico en la Convención del Derecho del Mar, que sostiene que: “En el caso del hallazgo de tesoros o propiedades que se encuentran en aguas que no pertenezcan a ningún Estado, lo que determina la propiedad es el origen”. Es decir, Perú trató de definir la titularidad no de la fragata, que la considera española, si no de la carga, que considera parte del patrimonio cultural peruano. Sostiene además Perú que el derecho internacional, en el caso de Sucesión de Estados, privilegia el derecho del Estado sucesor –Perú- sobre el derecho del Estado predecesor –España-, y que por lo tanto, como Estado sucesor, le corresponden todos los bienes que se extrajeron y que trabajaron sus nacionales en su territorio, amparando lo anterior en la Convención de Viena que dice que: “(...) los bienes de titularidad pública se transmiten al Estado sucesor (...)” Ante esto, el país sudamericano presentó una apelación ante el Tribunal Supremo de EEU, acusando a este de haber actuado sin tener en cuenta todas las variables posibles. Y es que Harold Forsyth, embajador de Perú en EEUU, ha afirmado que explotará todas sus vías legales para defender sus reclamaciones. Sin embargo, Rita Rocafort entiende que “la defensa peruana únicamente se podría haber basado en consideraciones morales, ya que podría haber esgrimido que los peruanos esclavizados y sometidos en aquellos tiempos no entregaron las monedas a los españoles voluntariamente. Pero sus reclamaciones no tenían una base legal ya que en el momento del naufragio el país sudamericano de Perú pertenecía al virreinato del Perú, parte del Imperio español”, alegación que acogió el Tribunal de Estados Unidos en su sentencia, desestimando por tanto la petición de Perú.

Doscientos ocho años de espera y dos conflictos a escala internacional hemos tenido que sufrir para que vuelva de su viaje un tesoro que, hoy más que nunca, forma parte de nuestra cultura, patrimonio e historia.


LICENCIA DE IMAGEN:

La licencia de la imagen queda explicada aquí: http://es.wikipedia.org/wiki/Archivo:RFA_Argus_and_Odyssey_Explorer_in_Falmouth_Docks_on_2009-08-14.jpg

Lo que explica es que puede ser publicada y usada en otros trabajos siempre y cuando se atribuya la foto a su autor (cosa que he hecho anteriormente).

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