Con este vídeo, además de añadir un poco de humor a mi entrada, pretendo explicar los derechos patrimoniales.
Amador establece un contrato verbal con un individuo por el cual le pagaría 6.500 € a cambio de una moto. Llegado el momento, Amador le entrega al vendedor menos cantidad de la acordada, por lo que no tiene derecho a quedarse con el vehículo (y mucho menos estrellarlo)
El Ordenamiento Jurídico español distingue muy diversas obligaciones, que podemos dividir entre obligaciones de derecho privado y público. Dentro del primer grupo, encontraríamos las extrapatrimoniales, reguladas en el Código Civil español o en otras normas jurídicas; y las patrimoniales, objeto de mi entrada, que son aquellas que emanan de las obligaciones y contratos que se contraigan.
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