LA INCAPACITACIÓN
(LA RIOJA 26.02.12) . Cinco familias pidieron auxilio al juez y se declararon en quiebra en 2011. Los administradores concursales se encargaron de analizar sus bienes y establecer los pagos de las deudas ordenadamente . Desde septiembre de 2004, tras la promulgación de la Ley Concursal, que fue reformada el pasado año, no solo pueden declararse en quiebra o en suspensión de pagos las empresas, negocios o comerciantes. También lo pueden hacer las personas físicas y, por ende, las familias, puesto que la normativa permite que, si la situación afecta a ambos cónyuges, estos puedan acumular sus casos en un único concurso de acreedores. Los declarados en quiebra o (concurso) de acreedores:
A ) tienen limitada su capacidad de obra y por tanto se les impide administrar sus bienes
B ) carecen absolutamente de capacidad de obrar por las deudas que hubieran contraído
C ) se restringe su capacidad jurídica, aunque se les nombra un representante legal que completa ese defecto de capacidad
D ) ninguna de las anteriores
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