Sentencia
a Federico Jiménez Losantos
JUZGADO DE LO PENAL Nº6 DE MADRID
JUICIO ORAL Nº519/07
(P.A.)
SENTENCIA Nº213/08
RESUMEN
DE LOS HECHOS PROBADOS
El día 8 de Junio de 2006, Federico Jiménez Losantos en
la emisora de radio COPE profirió expresiones que atentaban contra la dignidad
de Alberto Ruíz-Gallardón con respecto a unas declaraciones que este último
había hecho el día anterior. En primer lugar lo denominó “traidor al partido” ,
acto seguido “lacayo de la oposición o del gobierno” (entonces gobierno socialista
de José Luis Rodríguez Zapatero) y además añadió comentarios despectivos hacia
el entonces alcalde de Madrid. Los posteriores días 10 y 12 del mismo mes, los
días 13, 15 y 21 de septiembre,
el día 9 de octubre y los días 28 y 29 de noviembre repitió su conducta profiriendo de nuevo
calumnias contra Alberto Ruíz-Gallardón. Todas estás declaraciones de Federico
Jiménez Losantos son detalladas por fecha y hora en la sentencia figurando como
hechos probados.
ARGUMENTOS
JURÍDICOS
PRIMERO- En
primer lugar se indica que no se le permitió al demandante Alberto
Ruíz-Gallardón leer la pregunta que se
le había hecho y su respuesta consiguiente que motivó los ataques de Federico
Jiménez Losantos.
SEGUNDO- El Tribunal afirma que en caso de entrar en conflicto
el derecho de libertad de opinión e información con el derecho a la dignidad de
las personas no puede establecerse un derecho por encima de otro pues ambos son
fundamentales. De este modo, en cada caso, el Tribunal ha de juzgar si se ha
transgredido o no el el ámbito constitucional en cada caso.
TERCERO- Las declaraciones hechas ente los día 13 de
junio y 29 de noviembre responden al ejercicio derecho de libertad de expresión
art. 20.1.a) y no son delito en el contexto en el que se incluyen. Asimismo, el
hecho de que el querellante sea un notorio
personaje público provoca que los límites constitucionales de la crítica
sean más amplios según tiene declarado
el Tribunal Constitucional.
CUARTO- Sin embargo, Jiménez Losantos ha utilizado expresiones en las que le imputa
hechos al querellante. Estos hechos han sido investigados y no se ha probado su
veracidad lo que hace que el imputado no estuviese haciendo ejercicio de su
derecho de informar sobre hechos veraces [art 20.1.d)] cometiendo, así, un delito.
COMENTARIO
JURÍDICO
En esta sentencia podemos ve un caso claro de conflicto
entre dos derechos. Estos derechos son
el de libertad de expresión e información y el derecho a la dignidad que tienen
todas las personas. Los derechos individuales tienen su límite en los derechos
del prójimo. Por este motivo, Federico Jiménez Losantos tiene derecho a
manifestar su opinión públicamente siempre y cuando no profiera calumnias e
injurias contra Alberto Ruíz-Gallardón. En esta situación en concreto, el hecho
de que este último sea un personaje público amplia el margen de crítica a su
persona; por este motivo, pese a sus declaraciones Jiménez Losantos no está
cometiendo un delito. A mayores, la interpretación de Losantos sobre las
declaraciones del alcalde de Madrid, fueron secundadas por diversos medios y personajes
públicos lo cual reafirmó su inocencia. Sin embargo, en las diversas
expresiones que el periodista de la COPE utilizó le imputó hechos no probados
al alcalde. Esto, sin embargo, si constituye un delito pues no ejerció su
derecho a transmitir información veraz. De este modo, no siendo culpable de
calumniar al alcalde, si cometió un
delito dando información sobre hechos que no pudiendo ser probados se declararon falsos.
COMENTARIO
PERIODÍSTICO
El ejercicio de la profesión periodística exige un compromiso
ineludible con la verdad. En esta ocasión, Jiménez Losantos pese a no ser periodista,
trabaja en un medio de comunicación por
lo que debe tener en cuenta siempre la veracidad de sus palabras. Sus declaraciones
fueron hechas durante un programa de debate político, es decir, no un
informativo sino un programa de opinión.
Asimismo, teniendo en cuenta que el debate estaba siendo emitido,
Jiménez Losantos debía haber guardado las formas y haber evitado proferir abiertamente
insultos contra Gallardón por muy en desacuerdo que estuviese con su política;
no por el miedo a cometer un delito sino pensando en mantener su propia integridad
profesional. Sin embargo, durante su
discurso acusó a Gallardón de diferentes actuaciones que o no fueron realizadas
o no pudieron ser comprobadas. De este modo, si hubiese sido fiel a la verdad,
aún insultando y calumniando al alcalde, habría salido airoso del juicio.
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