HECHOS
PROVADOS
Dª Paulina, conocida artísticamente como Elsa interpuso
una demanda de protección de su honor e intimidad contra diez personas físicas
y contra Gestevisión Telecinco S.A. y
Atlas España S.A. por las declaraciones efectuadas en el programa “Aquí hay
tomate”.
Las declaraciones de los demandados y la actuación de
Gesttevisión Telecinco S.A. y Atlas España S.A. son atentatorias del honor de
la demandante por no ser veraces ni mínimamente contrastada, carecer de
relevancia pública por la materia tratada y por el personaje considerando
vejatoria la difusión de rumores sobre las relaciones sentimentales de Dª
Paulina atribuyéndole intereses económicos . Se valorarán también estas
declaraciones como atentatorias de la intimidad de la demandante al revelarse
datos desconocidos de su vida privada tales como una presunta relación con su tío fallecido, que mantuvo otra relación
con una mujer llamada Eufrasia madre de un minusválido, que se quedó tres veces
embarazada y que una de ellas no era de su marido, que era una petarda y una
impresentable, que no había pegado palo al agua, que no ha hecho más que dar
volatines en el aire y la han manoseado
siete mil bailarines y siete mil bailarinas. Todas estas manifestaciones
vulnerarían el derecho a la intimidad de la demandada porque harían referencia
a aspectos de su vida privada que no han sido revelados por ella.
ARGUMENTACIÓN
JURÍDICA
Primero: Al amparo del art. 477.2 1º por vulneración de
la sentencia recurrida de los derechos fundamentales a la libertad de expresión
y libertad de información en relación a la acción de protección del derecho al
honor y a la intimidad ejercitada por el demandante.
Segundo: Al amparo del art. 477.2 1º por vulneración de
la sentencia recurrida de los derechos fundamentales a la libertad de expresión
y libertad de información y los límites de los mismos en relación al derecho,
honor e intimidad.
Tercero: : Al amparo del art. 477.2 1º por vulneración
de la sentencia recurrida de los derechos fundamentales a la libertad de
expresión y libertad de información en relación a la condición de veracidad de
la información, la intencionalidad y el error.
Todos estos motivos han de ser desestimados.
Se estima parcialmente la impugnación formulada por Dª
Paulina contra la misma resolución revocando parcialmente la misma en el sentido de fijar la suma a cuyo pago
vienen obligados los codemandados en la suma total de 40.000 euros, de las que
responderán solidariamente Telecinco y Atlas España S.A. .Se estima igualmente
la citada impugnación en el sentido de fijar la suma total a cuyo pago vienen
obligadas ambas entidades en la cifra de 100.000 euros.
COMENTARIO
JURÍDICO
Art. 18.1 CE garantiza el derecho al honor como una de
las manifestaciones de la dignidad de la persona proclamada en el art. 10 CE.
El reconocimiento del derecho a la intimidad personal y familiar tiene por
objeto garantizar al individuo un ámbito reservado de su vida, vinculado con el
respecto de su dignidad como persona (art.10 CE) frente a la acción y el
conocimiento de los demás, sean estos poderes públicos o simples particulares.
A través de de las declaraciones efectuadas por todos
los demandados y difundidas a través del programa Aquí hay tomate se produce una colisión entre la libertad de
información y expresión de todos ellos y los derechos al honor y a la intimidad
personal de Dª Paulina.
COMENTARIO
PERIODÍSTICO
Venimos observando desde hace ya algunos años, como está
de moda vender la vida privada de las personas en programas de televisión,
desde que se levanta hasta que se acuestan y de con quién se acuestan y con quién se levantan y lo más grave de todo
es que no es la propia persona quién lo cuenta sino terceros que la mayoría de
las veces lo hacen por una cantidad de dinero mísera o por el hecho de salir en
la “tele” y así poder hacerse famoso.
Vivimos en una sociedad en la que la mayoría de los
programas que más audiencia tienen son los alimentados por este tipo de
personas y de historias, muchas veces falsas y que atentan contra la dignidad
de las personas como es el caso de Dª Paulina a la que como recordaremos en el
programa de “Aquí hay tomate” donde contaban todas sus intimidades por parte de
personas con las que ella incluso no había tenido relación.
Hay que preguntarse ¿Dónde está el límite? Saber diferenciar
al personaje público de la persona e intentar no seguir alimentando estos
programas, porque al fin y al cabo lo que hacen no es periodismo si no daño a
las personas.
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