Evaristo y Bernarda contraen matrimonio el día 19 de junio de 2008. En las capitulaciones matrimoniales se especifica que el régimen económico al que se acogerán será el de separación de bienes. En marzo de 2010, ante la excelente situación en la que se encuentran, deciden mostrar su confianza el uno al otro, por lo que acuerdan acogerse al régimen de sociedad de gananciales. ¿Están capacitados para ello?
a)No, ya que debe ser un juez quien declare si la pareja es lo suficientemente sólida para acogerse a la sociedad de gananciales.
b)Sí, deben hacerlo constar en el registro mercantil.
c)No. Deben ser los padres o administradore de los cónyuges quienes se lo permitan.
d)Ninguna de las anteriores es correcta.
a)No, ya que debe ser un juez quien declare si la pareja es lo suficientemente sólida para acogerse a la sociedad de gananciales.
b)Sí, deben hacerlo constar en el registro mercantil.
c)No. Deben ser los padres o administradore de los cónyuges quienes se lo permitan.
d)Ninguna de las anteriores es correcta.
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