sábado, 25 de febrero de 2012

Caso práctico TEMA 9: CAPACIDAD JURÍDICA Y CAPACIDAD DE OBRAR.


Carla y Martín son una joven pareja de recién casados. Felices con el proyecto de vida que llevan en común, deciden dar un paso más: ampliar la familia. Pero Carla no se puede quedar embarazada, por eso deciden adoptar. Con todo, tienen una cosa clara: adoptarán a un niño de 6 años. Más adelante ya adoptarán a un bebé. Teniendo en cuenta que Carla tiene veinte años y Martín, veintiséis, ¿pueden adoptar?:

a) No, porque para poder realizar la adopción se necesita que ambos cónyuges sobrepasen los veinticinco años.
b) Sí, pero como Carla aún no ha cumplido los veinticinco años se necesita el consentimiento de los padres de ella.
c) Aunque Carla no sobrepase los veinticinco años, Martín sí, y ambos cónyuges (los adoptantes) tienen catorce años más que el adoptado. Por tanto, pueden adoptar, tal y como lo establece el artículo 175.1 del Código Civil español.
d) Ninguna de las anteriores.

No hay comentarios:

Publicar un comentario