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lunes, 14 de mayo de 2012

Sentencia Abril

SENTENCIA: http://www.poderjudicial.es/search/doAction?action=contentpdf&databasematch=TS&reference=6353464&links=injurias%20periodista&optimize=20120507&publicinterface=true


Roj: STS 2666/2012
Id Cendoj: 28079110012012100253
Órgano: Tribunal Supremo. Sala de lo Civil
Sede: Madrid
Sección: 1
Nº de Recurso: 1510/2011
Nº de Resolución: 272/2012
Procedimiento: Casación
Ponente: JUAN ANTONIO XIOL RIOS
Tipo de Resolución: Sentencia

RESUMEN DE LOS HECHOS PROBADOS

El periodista Carlos Daniel, colaborador habitual del programa radiofónico  “La mañana” de la emisora COPE, comenta el día 18 de febrero de 2009 en un programa de opinión periodística, la investigación llevada a cabo por el magistrado Sr. Segundino. Además, también habla una cacería en la que éste y su Majestad el Rey Don Juan Carlos participaron juntos, refiriéndose a Segundo como “uno de los grandes cazadores de España, Segundo, tendría que estar en la cárcel y no está. ¿Por qué? Porque caza donde tiene que cazar y con quien tiene que cazar, ni más ni menos que Su Majestad. Añadiendo hay que saber con quién se caza es mucho mejor cazar con el Rey que cazar con Lucio. ¿Por qué? Porque Lucio deja un rastro horroroso. El Rey, también, pero no lo siguen...". En varias ocasiones reitera como muletilla que los Chili no han entrado en la cárcel, y siguen sin entrar en la cárcel.

Tras estas declaraciones, D. Segundo interpone una demanda por injurias hacia su persona, que es resuelta el 28 de Abril de 2010 a favor del demandado, eximiéndole de cualquier responsabilidad legal con respecto al demandante.

Ante el fallo del Tribunal, D. Segundo presenta un recurso de apelación que será resuelto, de nuevo, a favor del demandado, condenando al demandante al pago de los costes del proceso judicial.

Más adelante, se interpone un recurso de casación, argumentando que las declaraciones del periodista, si bien no contienen términos injuriosos, si contienen términos desmerecedores e inapropiados, y ensucian su imagen pública.

FALLO del Tribunal: desestiman el recurso de casación presentado por D. Segundo y condenan a la parte demandante a pagar los costes del proceso judicial.


ARGUMENTOS JURÍDICOS

La parte demandante (D. Segundo) basa su demanda judicial en que las declaraciones del periodista han supuesto una intromisión ilegítima en su derecho al honor.

El artículo 7.7 LPDH define el derecho al honor en un sentido negativo, desde el punto de vista de considerar que hay intromisión por la imputación de hechos o la manifestación de juicios de valor a través de acciones o expresiones que de cualquier modo lesionen la dignidad de otra persona, menoscabando su fama o atentando contra su propia estimación.

Por su parte, el periodista Carlos Daniel, se ha amparado en la libertad de expresión y el derecho de información recogidos en el artículo 20 de la Constitución española.

Por su parte, el Tribunal considera, citando la Ley Orgánica 1/1982,de 5 de mayo, de Protección Civil del Derecho al Honor, a la Intimidad Personal y Familiar y a la Propia Imagen, considera que, en ocasiones, el derecho al honor se ve eclipsado por el derecho a la información, pues hay determinadas informaciones que interesan a nivel público. En este caso, y al tratarse el demandante de una figura pública y reconocida, así lo manifiestan fallando a favor del periodista, eximiéndole de cualquier responsabilidad legal con respecto a D. Segundo a raíz de sus polémicas declaraciones en el programa radiofónico.

COMENTARIO JURÍDICO

Amparándonos en la Ley Orgánica anteriormente citada, y en concreto en el octavo artículo: “No se reputará, con carácter general, intromisiones ilegítimas las actuaciones autorizadas o acordadas por la Autoridad competente de acuerdo con la Ley, ni cuando predomine un interés histórico, científico o cultural relevante.”, consideramos la sentencia del Tribunal Supremo  correcta, al tratarse el demandante de una figura pública. Por lo tanto, esta intromisión en su vida privada, no podría considerarse ilegítima.

COMENTARIO PERIODÍSTICO

Este caso, como muchos otros, nos lleva al gran dilema: ¿Dónde está el límite de la información?  ¿Hasta dónde es lícita la intromisión en la vida privada de una persona para informar a los ciudadanos? Preguntas que NO tienen respuesta clara en el ordenamiento jurídico español, sólo alguna que otra ley orgánica con multitud de artículos plagados de ambigüedades y “dobles sentidos”.

Ante esta perspectiva un tanto negativa, cabe considerar hasta que punto un periodista puede ejercer su derecho a informar sin correr el riesgo de verse perjudicado judicialmente; o hasta qué punto puede un personaje público ampararse en su derecho al honor. La línea divisoria es tan estrecha, y tan difusa, que cualquiera de nosotros podría estar vulnerando uno de esos derechos "inherentes a la condición humana", sin apenas darnos cuenta.

sábado, 31 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 2

España cuenta con casi 250.000 nuevos nacionales

Del total de solicitudes (más de 500.000) se ha aprobado el 48%, aunque aún hay un buen número en trámite.

A raíz de la disposición séptima de la Ley para la Recuperación de la Memoria Histórica, también conocida como "Ley de Nietos", 241.763 descendientes de españoles han adquirido la doble nacionalidad.

Gran parte de los exiliados en la época de Franco se dirigieron
a México, de ahí el gran número de solicitudes recibidas.
Según el Ministerio de Asuntos Exteriores, del total de solicitudes recibidas, se han aprobado más del 48%. La mayoría de peticiones procedían de hijos de padre o madre de origen español, mientras que únicamente un 6% de nietos de españoles que perdieron la nacionalidad o tuvieron que renunciar a ella con  motivo del exilio.

México es uno de los países con más solicitudes de doble nacionalidad; y es que hasta el día 27 de este mes el Consulado de España en México había tramitado 16.000 expedientes (apenas un 35% de los presentados), de los cuales únicamente un 1% había sido rechazado.

Nos cuenta el Doctor en Ciencias de la Información y Licenciado en Derecho Lito García Abad, que "la posibilidad de la doble nacionalidad está reconocida en el ordenamiento jurídico español fundamentalmente en atención a aquellos países histórica y culturalmente vinculados a España, como son los latinoamericanos o Guinea, entre otros"

Para poder realizar esta solicitud, debe "existir un convenio que los regule, ya que la doble nacionalidad lo que provoca es que la persona quede vinculada a dos ordenamientos jurídicos que seguro que serán distintos" Así lo afirma el apartado 3 del Artículo 11 de la Constitución española:

"El Estado podrá concertar tratados de doble nacionalidad con los países iberoamericanos o con aquellos que hayan tenido o tengan una particular vinculación con España."

También nos cuenta que "la persona que radique en el territorio de uno de los países, quedará sujeta a la legislación de ese Estado y tendrá, no obstante, ciertos beneficios de derecho internacional frente al otro Estado, ante el que es nacional en cualquier caso" Asimismo, también le otorga "aquellos derechos y deberes que el ordenamiento jurídico (español, en este caso) le reconozca, como puede ser el derecho a voto"


miércoles, 28 de marzo de 2012

Caso práctico, Tema 21


Manuel Rial es viudo, tiene 89 años y se encuentra ingresado en una residencia de ancianos. Es un viejecito muy simpático y resultón que  enseguida hace numerosas amistades en el centro. Dolores, un par de años más joven que él, se convierte en su mayor apoyo y en su compañera de viaje en sus últimos años de vida.

Unos meses después de entrar en la residencia, contrae una fuerte pulmonía que le hace ingresar de urgencia en el hospital.  Sospechando la gravedad de su situación, y la posibilidad de no superar la enfermedad, decide llamar a su hija Matilda para dictarle un testamento de última hora, incluyendo a su amada Dolores. ¿Será válido a efectos legales dicho testamento?

      a.       No, pues el testamento no fue escrito de puño y letra de Manuel.     
      b.      No, puesto que, aún tratándose de una situación excepcional (peligro de muerte) serían necesarios cinco testigos en la sala, escuchando las últimas voluntades del convaleciente. Como sólo su hija estaba presente en la habitación, no será válido.
      c.       Sí es válido, pues en dicho documento se recogen las últimas voluntades de Manuel, que es, al fin y al cabo, la finalidad de un testamento.
      d.       Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 20


Andrés y Lorena tienen 30 y 31 años respectivamente, y llevan cinco años casados. Este feliz matrimonio decidió en su día acogerse al régimen de separación de bienes. En 2011, Lorena, en un golpe de suerte, sella una primitiva que resultaría agraciada con un premio de más de dos millones de euros, que disfrutaría la pareja a partir de ese momento.

A principios de 2012, y tras continuadas peleas y discusiones, deciden poner fin a su matrimonio. Al discutir cuestiones financieras, Andrés reclama una buena parte del premio de la primitiva, pues asegura que mientras estuvieron casados, ambos disfrutaron del importe del premio por igual. ¿Logrará Andrés su propósito?

      a.       Si. Si durante el matrimonio, Lorena consintió que Andrés emplease ese dinero como le viniese en gana, ahora que se ha roto, el susodicho gozará del mismo privilegio.
      b.      Depende. Todo dependerá de si Lorena da o no su consentimiento.
      c.       No. El boleto de primitiva fue sellado y cobrado por Lorena, y dado que se habían acogido al régimen de separación de bienes, será únicamente ella quien se quedará con el premio. 
      d.   Ninguna de las anteriores es correcta.


jueves, 15 de marzo de 2012

Noticia Jurídica 1


Cuando la realidad supera la ficción

Nadie imaginó, allá por el 2007, que el fallecimiento de Crisanto López desencadenaría una serie de acontecimientos que convertirían su caso en una verdadera telenovela.

En junio de 2007, Cristanto López Míguez, un conocido e importante empresario maderero de Cee, fallecía a los 81 años de edad en dicha localidad. Siguiéndose el proceso habitual, se procedió a la repartición de la herencia, bastante cuantiosa, entre las tres hijas legítimas del fallecido: Rosa, Angelina y Carmen. Los problemas comenzarían cuando, a mediados del 2008, Enrique Caamaño Vidal, taxista de profesión, presentara una demanda de paternidad reclamando la parte de la herencia que le correspondía.  En ese momento la jueza Carmen Veiras se hace cargo del caso, y, ante la negativa de los familiares a someterse a las pruebas de ADN, ordena la exhumación del cadáver de Crisanto.

Lápida que cubre el nicho de Crisanto López, todavía vacío a día de hoy
Dicha operación sería llevada a cabo en noviembre de 2009, pero el resultado no podía alejarse más de lo esperado, pues la tumba estaba vacía: el ataúd con el cuerpo de Crisanto había sido sustraído de manera ilegal. En ese momento se abre un proceso paralelo llevado por el juez Andrés Lago, que se cerraría meses después ante la falta de pruebas, y sin una resolución clara.


El abogado del demandante, Antonio Platas Tasende, decano del colegio profesional de abogados de A Coruña, y catedrático de derecho mercantil durante más de 15 años, opina que la intención de las personas que profanaron la tumba, no era sustraer el cadáver, sino intercambiarlo por otro diferente. Además, considera que es muy posible que los restos mortales de Crisanto estén todavía en el cementerio parroquial donde fue enterrado originariamente.

Paralelamente,  sigue desarrollándose toda la trama referente a la paternidad. Esta vez será una de las hijas quien acceda, ante la presión del abogado del  demandante a someterse a las pruebas de ADN, repitiendo incesantemente la menor fiabilidad al no realizarse dichos análisis a su progenitor, sino a su presunta hermana.

En febrero de 2011  se emite una sentencia resuelta a favor del demandante, que sería a partir de entonces reconocido, a ojos de la ley, como hijo oficial de Crisanto López; esto conllevaría “una boca más que alimentar”, esto es, el taxista ceense entraría ahora a la repartición de la herencia.

Pero los problemas no terminarían aquí para la familia de Crisanto, pues meses más tarde, Rosa y Natalia Cancela, naturales Fontecada (Santa Comba) presentarían sendas demandas de paternidad, siguiendo los pasos de Antonio Enrique,  y logrando el mismo resultado, ya que en agosto de ese mismo año, serían reconocidas legalmente como hijas del fallecido.

Todo un entramado de relaciones extramatrimoniales, hijos ilegítimos y, sobre todo, muchos ojos puestos en la cuantiosa herencia que el empresario maderero legaba a sus familiares.

Nos cuenta el señor Jorge Espasandín, licenciado en Derecho por la Universidad de A Coruña, que  todos los hijos habidos dentro y fuera del matrimonio tienen derecho a su parte correspondiente de la herencia, motivo por el cual, cada vez que se presentase una nueva demanda de paternidad, el caso debería ser reabierto y la repartición debería ser modificada una y otra vez.

A día de hoy, 15 de Marzo de 2012, el cuerpo del fallecido sigue sin aparecer; y la herencia todavía no ha sido repartida en su totalidad, ya que los conflictos entre “hermanastros” se suceden y multiplican.

¿Habrá una solución posible a corto plazo para este culebrón? ¿Abre este suceso de nuevo la veda al viejo debate de si los hijos ilegítimos no reconocidos en vida deberían o no recibir su parte correspondiente de la herencia?

martes, 13 de marzo de 2012

"¡Yo quiero mi moto!"


Con este vídeo, además de añadir un poco de humor a mi entrada, pretendo explicar los derechos patrimoniales.

Amador establece un contrato verbal con un individuo por el cual le pagaría 6.500 € a cambio de una moto. Llegado el momento, Amador le entrega al vendedor menos cantidad de la acordada, por lo que no tiene derecho a quedarse con el vehículo (y mucho menos estrellarlo)

El Ordenamiento Jurídico español distingue muy diversas obligaciones, que podemos dividir entre obligaciones de derecho privado y público. Dentro del primer grupo, encontraríamos las extrapatrimoniales, reguladas en el Código Civil español o en otras normas jurídicas; y las patrimoniales, objeto de mi entrada, que son aquellas que emanan de las obligaciones y contratos que se contraigan.

Caso práctico, Tema 19


Diego y Carlos, de 25 y 28 años respectivamente, son pareja desde hace un par de años. Ya consolidada su relación, deciden contraer matrimonio. Pasado un tiempo, Carlos consigue un trabajo en una compañía cinematográfica en Los Ángeles. Asentados ya en la ciudad norteamericana, deciden dar el siguiente paso en su relación y tener un hijo, para lo que contratan un vientre de alquiler. Un año después del nacimiento del niño, Charlie, Carlos pierde su empleo en la compañía y deciden regresar a España junto a sus respectivas familias.
Teniendo en cuenta la ilegalidad de los vientres de alquiler en España,  ¿será Charlie reconocido como hijo de la pareja a ojos de la justicia española?

      a.       Los vientres de alquiler están terminantemente prohibidos en España, por lo que tendrían la patria potestad.
      b.      Sí, siempre en cuanto cuenten con una resolución judicial del país donde el niño fue concebido, para garantizar la legalidad del proceso.
      c.       Según el ordenamiento jurídico español, sería la madre norteamericana la que gozaría de la patria potestad del niño, nunca la pareja formada por Carlos y Diego.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 18


Manuel López, apodado el “fisterrán”, es un importante empresario maderero  cuya sede principal se encuentra en la localidad coruñesa de Finisterre. Tuvo con su esposa  Marisol, tres hijas: Dolores, Angustias y Cristina. A los 50 años de edad, sufre un accidente que le obliga a usar silla de ruedas el resto de su vida, por lo que su familia se ve obligada a cuidarle. Cristina, la más joven de la familia, decide que no se pasará el resto de su vida atrapada en casa cuidando de su anciano padre, por lo que se marcha del país en busca de aventuras.

Cinco años después, Manuel fallece de manera natural, repartiéndose su herencia meses más tarde, acto al que si acude su aventurera hija Cristina. ¿Entre que miembros de su familia se repartirá la herencia?

      a.       Entre sus tres hijas, siguiendo el procedimiento habitual.
      b.      Entre sus dos hijas mayores. La menor, al negarle los cuidados necesarios, no podrá recibir herencia, porque así lo estipula el Código Civil.
      c.       Podrán recibir herencia sus dos hijas mayores, como también su mujer, si así lo indica Manuel en su testamento.
     d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 17


¿A que llamamos “cosas fungibles”?

      a.       A cosas muebles que en el tráfico suelen determinarse según su peso, número o medida.
      b.      A aquellas cosas que no tienen aptitud para ser sustituídas.
      c.       A aquella cosa designada por sus caracteres propios que la distinguen de todas las demás de su especie o género.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta. 

Caso práctico, Tema 16


¿Qué clasificación de las personas jurídicas establece el artículo 35 del Código Civil?

      a.       De interés público y de interés privado.
      b.      Corporaciones, asociaciones y fundaciones.
      c.       Asociaciones civiles, asociaciones industriales y asociaciones mercantiles.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

jueves, 8 de marzo de 2012

Casto práctico, Tema 15


Marcelo Da Silva, famoso futbolista brasileño, lleva ya más de 10 años jugando en  el Deportivo de La Coruña. Marcelo, que ya ha formado su familia en nuestro país, decide pedir la nacionalidad. ¿Qué procedimiento se seguirá?

a) Será derivativa, ya que se producirá por un hecho posterior.
b) Será por carta de naturaleza.
c) Se otorgará mediante Real Decreto al tratarse de circunstancias especiales.
d)Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 14


María, una señora de 83 años, enferma de Alzheimer desde hace más de tres, vive con su hijo Manuel, su nuera Isabel y sus nietos. Un día de verano, la señora sale de casa mientras su familia se encuentra ausente y nunca vuelve a aparecer. ¿Cuánto tiempo deberá pasar antes de dar a María por fallecida?

      a.       5 años, pues la desaparecida tenía más de 75 años.
      b.      10 años, el plazo general.
      c.       Debido a la enfermedad  de María, con 1 año bastará para considerar su fallecimiento.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

sábado, 3 de marzo de 2012

Caso práctico, Tema 13


¿Cuáles son los requisitos para poder adoptar?

      a)      El adoptante deber tener, al menos, 25 años.
      b)      Debe haber una diferencia de edad igual o superior a 14 años entre adoptante y adoptado.
      c)       En caso de que una pareja decida adoptar, pero uno de los miembros no tenga 25 años o una diferencia de edad de 14 años, automáticamente será imposible la adopción.
      d)      Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 12


No podrán contraer matrimonio:

      a)      Los menores de edad no emancipados.
      b)      Los que estén ligados con vínculo matrimonial.
      c)       Una chica de 14 años que obtenga una dispensa judicial.
      d)      Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 11


Alyssa  Cavanaugh, nacida en Estados Unidos y Damián López, natural de  Barcelona, acaban de tener un hijo, David. Unas horas después de su nacimiento, Damién se dirige al ayuntamiento para inscribir a su primogénito en el Registro Civil. ¿Cuál será el orden de los apellidos?

a)      El niño se llamará David López Fernández, pues siempre tendrá preferencia el apellido del padre sobre el de la madre.
b)      David únicamente llevará el apellido de su padre, pues Alyssa, queriendo seguir las tradiciones de su país, así lo decide.
c)       El niño deberá llevar dos apellidos, uno del padre, y otro de la madre. El orden de los mismos será elegido por sus progenitores.
d)      Ninguna de las anteriores es correcta.



sábado, 25 de febrero de 2012

Caso práctico, Tema 10


Javier, de 16 años, decide marcharse de casa de sus padres, Julia y Antonio, pero no llega a pedir la emancipación. Andrés,  un buen amigo de la familia y el entrenador del equipo de fútbol en el que juega el chaval, decide acogerle en su casa.

Andrés percibe la pésima relación entre Javier y sus padres, por lo que desea hacerse cargo de él a efectos legales. Para ello, solicita la tutela del chico. ¿Le será concedida?

      a)      Dado  que Javier lleva un tiempo viviendo en su casa, y que ya no mantiene relación alguna con sus padres, sí le sería concedida.
      b)      No es posible, ya que los padres del chaval todavía ejercen la patria potestad sobre él.
      c)       La decisión estaría en las manos de Julia y Antonio.
      d)      Ninguna de las anteriores es correcta.

jueves, 23 de febrero de 2012

Caso práctico, Tema 9


Antonio Pérez, más conocido como “El Tony”, comete un robo con intimidación y violencia en un establecimiento comercial el día 13 de mayo de 2010 a las 14:12. Ese mismo día, a las ocho de la tarde, el sujeto cumpliría los 18 años.  ¿Qué ley le sería aplicada a Antonio?

      a)      La ley del menor, pues aunque el cómputo de edad se realiza normalmente por años; al tratarse de un tema referente al derecho penal, sí se contabilizan las horas.
      b)      Se le aplicará la ley común, pues se considerará que el sujeto tiene 18 años. Por lo tanto, la pena sería de entre 2 y 5 años de prisión.
      c)       Será el juez instructor quien decida, en función de la gravedad del asunto, cuál será el castigo a imponer.
      d)      Ninguna de las anteriores es correcta.

miércoles, 22 de febrero de 2012

Caso práctico, Tema 8


¿En qué momento se considerará válido a efectos legales el nacimiento de una persona?

      a.       Tras haber vivido 24 horas fuera del seno materno.
      b.      Desde el mismo momento en el que se desprende del seno materno.
      c.       Una vez inscrito en el Registro Civil.
      d.      Ninguna de las anteriores es válida.

Caso práctico, Tema 7


El 13 de Abril de 2010, Antonio atropella accidentalmente a una anciana de 82 años causándole la muerte. La condena impuesta por el Artículo 142 del Código Penal Español en esa data sería la privación del derecho a conducir vehículos a motor y ciclomotores de uno a seis años.

Pero una semana después del fatal accidente, se resuelve una modificación de dicho artículo, añadiendo, además, una condena de dos a cuatro años de prisión.

¿Qué condena le será aplicada a Antonio? ¿La que estaba en vigor la noche de los hechos, o la vigente en el momento de resolver la sentencia?

      a.       Le será aplicada la ley que esté en vigor en el momento en el que se resuelva su sentencia.
      b.      Se le aplicará el principio de ultractividad de la ley penal, por el cual, en caso de modificarse una ley en medio de un proceso judicial, se le aplicará al acusado la ley derogada, por ser más benigna y beneficiosa para él.
      c.       En derecho penal rige el principio de irretroactividad, por lo que se le aplicaría la ley que estaba en vigor la noche del accidente.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

Caso práctico, Tema 6


En 2009 una variante Influenzavirus A causó una pandemia que se extendería por todo el planeta: la Gripe A. Esta enfermedad afectó principalmente a dos continentes: América y Europa; causando aproximadamente 19.000 víctimas mortales.  Ante la extraordinaria rapidez de su propagación, los gobiernos de todo el mundo decidieron tomar medidas legales para frenar y prevenir la gripe.

El 10 de agosto de 2010 la OMS anunció el fin de la pandemia, 14 meses después de su aparición y luego de haber dado la vuelta al mundo.

¿De qué modo desaparecerían las mencionadas leyes?

      a.     Se trató de una situación temporal, con unas datas previamente fijadas (aproximadamente), desaparecerían en la fecha prevista.
      b.    Al tratarse de una pandemia aislada, que hoy en día se encuentra erradicada, ya no hay necesidad de contar con leyes que regulen dicha situación.
      c.     Tanto el poder legislativo como el ejecutivo tienen la potestad de decidir que dichas normas ya no son necesarias, y pueden, de este modo, derogarlas.
      d.    Ninguna de las anteriores es correcta.