¿En qué momento se considerará válido a efectos legales el
nacimiento de una persona?
a.
Tras haber vivido 24 horas fuera del seno
materno.
b.
Desde el mismo momento en el que se desprende
del seno materno.
c.
Una vez inscrito en el Registro Civil.
d.
Ninguna de las anteriores es válida.
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