jueves, 15 de marzo de 2012

Noticia jurídica de febrero


El fiscal pide que Hassan Gueddoubi sea condenado a 26 años de prisión
Alegó que el choque cultural que sufrió en España debido a su religión le había causado problemas psicológicos

Adriana Freire Riveiro | A CORUÑA. 23 Febrero 2012

El hombre está acusado de disparar contra su esposa e hijas en las inmediaciones de la Casa del Hombre (A Coruña) en junio del 2010. Al delito de homicidio se suman los malos tratos, la tenencia ilícita de armas y el quebrantamiento de la orden de alejamiento. El fiscal pide por ello 26 años de cárcel. La defensa establece que el acusado, quien poco antes de ser detenido intentó quitarse la vida bebiendo anticongelante,  padece una alteración psíquica y en consecuencia solicita una condena reducida.

La sección primera de la Audiencia Provincial inició ayer  el juicio oral.
El procesado reconoció que había adquirido el arma, pero que nunca quiso matar a su familia, sino que se citó con su mujer e hijas con la intención de suicidarse en su presencia. “Yo lo que quería era abandonar este mundo para descansar”, añade.
Juan Manuel Rodríguez Cancela, miembro del Cuerpo Nacional de Policía de la ciudad herculina, es conocedor de los hechos. “Aunque bien es cierto que no presencié el crimen, sí pude ver los residuos del disparo. Iba dirigido a la menor y afortunadamente impactó contra un vehículo”.
En relación a las acusaciones de malos tratos, el inculpado asegura que nunca ha pegado a su mujer ni a sus hijas. Fue él quien tuvo que irse de casa muchas veces o a dormir al sofá.  Mantiene que su relación matrimonial era en absoluto “respetuosa”. Sin embargo, su mujer dice que las maltrató desde que se casaron, en 1994, tanto física como psicológicamente. Una patada de Hassan a su hija ordenándole que limpiase fue el detonante de la denuncia.


En la imagen, mujer islámica con velo. / Adriana Freire
El letrado Víctor Bouzas, en quien recae la defensa, invoca como circunstancia atenuante la falta de adaptación del acusado a la cultura española. El hecho de que su esposa abandonara el uso del velo islámico y de que sus hijas vistiesen de modo distinto del que lo hacían en Marruecos lo perturbaba. Además, la petición de divorcio de su exmujer tras recibir una fuerte bofetada hizo que su comportamiento empeorara y se volviera más obsesivo y violento. “Yo lo que quería era quitarme la vida delante de ellas porque no puedo asimilar la cultura”, dice Hassan en su declaración, para más tarde añadir “Me casé como musulmán”.

Y es que tal y como determinó una psicóloga del Sergas que trató a la pareja en su comparecencia ante el Juez, “tiene ideas preconcebidas sobre la familia, el trabajo…Estas ideas referenciales que tiene presentes en todo momento afectan a todos los planos de su vida”. A pesar de ello, el acusado admitió ante el tribunal que “conozco el Estado español muy bien y respeto vuestras opiniones”.

Tal y como arguye Carlos Teijo García, profesor de la Universidad de Santiago de Compostela en el área de Derecho Internacional y Relaciones Internacionales: “La cosa es fácil. El orden público español y europeo en materia de derechos fundamentales –que deriva de la Constitución Española de 1978 y del Convenio Europeo de Derechos Humanos y Libertades Fundamentales, y que fue elaborado argumentativamente por el Tribunal Constitucional y el Tribunal Europeo de Derechos Humanos- limita la eficacia de normas procedentes de otros ordenamientos jurídicos, que pueden generar discriminación o violaciones sustantivas a la dignidad de la persona (poligamia, ablaciones genitales, malos tratos, etc.). Por lo tanto, el relativismo cultural tiene escaso espacio de proyección en el ámbito privado. De hecho, el conflicto es aún más simple: hay un criminal, un maltratador, con una presunta eximente completamente ridícula y carente de valor. El Estado español tiene obligaciones constitucionales e internacionales en esta materia”.






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