Yo soy Sam cuenta la historia de Sam, un padre con una discapacidad mental ( tiene el coeficiente intelectual de un niño de siete años) que se ve obligado a educar a su hija Lucy al ser abandonados por la madre de esta. Al llegar a la edad de siete años, la capacidad intelectual de Lucy supera la de su padre y su estrecha relación se ve amenazada por la intervención de una trabajadora social que quiere colocar a la niña en una familia de acogida y declarar incapacitado a Sam para cuidarla. Para solucionar el entuerto, Sam forma equipo con Rita Harrison, una prestigiosa abogada. Ambos lucharán para convencer al juez de que Sam merece que le devuelvan a su hija con la que finalmente se queda.
La incapacitación
-La película trata el tema de la incapacidad.
-El ordenamiento jurídico limita en
determinadas circunstancias la capacidad de obrar de una persona,
pero la capacidad jurídica permanece inalterable al ser un tributo de la
personalidad.
-Causas de incapacitación:
·
Derivadas de deficiencias psíquicas o
mentales: como en el caso de Sam.
·
Derivadas de deficiencias físicas: autismo,
arterioesclerosis…
·
Derivadas de alteraciones psíco-físicas:
alzheimer, drogadicción…
-Cuando el juez declara incapacitada a una persona, esta se
encuentra incapacitada a efectos jurídicos.
-En la sentencia de incapacitación tiene
que referirse a los aspectos concretos de incapacidad que sufre la persona,
tiene que aparecer la extensión y los límites de la misma, el régimen de tutela
o guarda al que tenga que quedar sometido y la persona que represente al
incapaz y vele por él.
-Las dos figuras previstas para
la función de guarda y protección en interés de los menores e
incapacitados son:
·
La tutela:
institución
de guarda, protección y representación para menores no emancipados e
incapacitados no sujetos a la patria potestad.
En este caso, al tutor le corresponde cubrir el
aspecto personal, acompañado en muchos casos del patrimonial. Además, un mismo
tutor puede ejercer a favor de varios tutelados y la tutela también puede ejercerse
por persona jurídica.
·
La
curatela: es una
figura menor, en el sentido de que el sometido a curatela goza de una mayor
capacidad, proyectada únicamente para el ámbito patrimonial.
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