jueves, 15 de marzo de 2012

Noticia jurídica

Elena Chedas      15, Marzo 2012


Dos niños con posible autismo son ingresados en un centro para menores
La Xunta arrebata la custodia a sus padres y los interna en un centro.

El pasado 15 de febrero,  cuatro menores de entre 4 y 10 años fueron internados en  el centro de menores Virxe do Carmen en Ferrol. Dos de ellos podrían sufrir autismo severo, hecho que no se conoce hasta un informe definitivo. En el centro conviven con otros veintiséis jóvenes de entre 14 y 16 años que han sido trasladados al centro bajo una sanción judicial, bien sea por delitos cometidos o por ser menores con problemas de conducta. Los educadores del centro califican esta situación irregular ya que a los niños no se les ofrece toda la atención que es necesaria para su condición o estado.
                                                                                       Foto: exterior del centro Virxe do Carmen. (Gabriel Tizón, El País)


La justicia tomó medidas legales contra los padres arrebatándoles tanto la patria potestad como la guardia custodia, designada posteriormente a la Xunta de Galicia que consecuentemente procedió al  internamiento de los menores en un centro especializado para jóvenes conflictivos. Lugar, el cual, no cumple los requisitos fundamentales que estos niños necesitan.  Este hecho  se refleja en las declaraciones de los trabajadores del centro quienes admiten que se encuentran desbordados ante esta situación. Por otro lado, la Xunta afirma que el centro ferrolano dispone del personal  necesario para atender a los menores sin perjuicio para los otros. Ahora bien, este suceso podría ser calificado como un incumplimiento de las obligaciones legales por parte de la Xunta, quien al tener la custodia de los menores deberían velar por sus derechos e intereses. Todo menor padece  cierto grado inferioridad en la sociedad debido a su escasa madurez por lo que es primordial protegerlos y propiciar que su formación y evolución sean lo más adecuadas posibles.  


Por lo que una joven compostelana Licenciada en Derecho  expone que  en este asunto, la Administración es quien vela por aquellos menores desamparados. En este caso en particular se da la situación de que los menores no están recibiendo la atención que les corresponde, bien sea especializada para aquellos que puedan tener una enfermedad (autismo) o una educación pública, normal para los otros dos hermanos quienes se ven obligados a lidiar o convivir de alguna manera con otros niños un poco más agresivos y problemáticos”. Según el ART.21 del Código Civil, la entidad, es decir, la Xunta, deberá regular de manera diferenciada el régimen de funcionamiento de servicios especializados y los inscribirá en el registro correspondiente  a las entidades y servicios de acuerdo con sus disposiciones, prestando especial servicio a la seguridad, sanidad, proyecto educativo etc. Basándonos en este artículo, la Xunta no estaría cumpliendo en su total plenitud sus obligaciones.



Ahora bien, desde la Facultad de Derecho nos informan que “ante estas circunstancias en la que los menores se encuentran bajo custodia de la Xunta, ésta deberá prevenir y reparar situaciones de riesgo, con el establecimiento de los servicios adecuados para tal fin, el ejercicio de la guardia, y, en los casos de desamparo, la asunción de la tutela por el Ministerio de la ley.  Pero casualmente se da el hecho de que los menores de alguna manera están siendo desatendidos parcialmente por aquel que debe protegerlos.”   “Cuando sucede algo así, tal y como afirma la letrada compostelana,” se recurre al Ministerio Fiscal. Para ello, toda persona y especialmente aquellos que por su profesión o función, en este caso los educadores del centro, detecten una situación de riesgo, lo comunicarán a la autoridad o sus agentes más próximos, sin perjuicio de prestarle el auxilio inmediato que precise. Una vez los trabajadores pongan en conocimiento de tal anomalía al Ministerio Fiscal, éste procederá a realizar un informe  del equipo técnico. Bien, durante la instrucción del expediente, el M. Fiscal requerirá al equipo técnico la elaboración de un informe en un plazo de 10 días como máximo, sobre la situación psicológica, en fin un estudio del estado del menor. Una vez terminado el informe, éste será remitido a un juez quien dictará las resoluciones al ministerio. Puesto que éste último no puede decidir, ni resolver nada simplemente su función se basa en velar y proteger al menor. “    Asimismo afirma  que “es una incoherencia que la Xunta mantenga estos menores con ciertos problemas psicológicos, conviviendo con niños, bueno jóvenes que puedan ser agresivos de algún modo.”

Ante esta situación los trabajadores del centro muestran su resignación con temor a ser despedidos y se ven obligados a cumplir horas extras ante la falta de personal.  “ Esto es más bien un problema laboral, ajeno al menor. Sigo manteniendo que los educadores deberían comunicar esta situación ante el ministerio y que éste se hiciera cargo, lo veo como la solución más adecuada para el caso y sobre todo para el bien de los menores, quienes por supuesto necesitan una  educación especializada” expresa la licenciada en Derecho. 

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