INTERPRETACIÓN DE LAS NORMAS JURIDICAS :
El artículo 3.1 del CC recoge los diversos elementos o datos que han de tenerse en cuenta a la hora de interpretar las normas. Son los siguientes:
a) El sentido propio de las palabras utilizadas en la norma; ha de fijarse el significado que tienen estas palabras (interpretación gramatical). El contexto, las palabras utilizadas han de interpretarse, no aisladamente, sino en su relación con las demás.
b) Los antecedentes históricos y legislativos: para averiguar el significado de la norma es preciso tener en cuenta como estaba regulada la cuestión.
c) La realidad social del tiempo en que la norma ha de ser interpretada. Es el llamado “elemento sociológico” que permite adecuar, no la norma, sino su interpretación, a la cambiante estructura política, ideológica, económica y social de un país, sin necesidad de cambiar la legislación.
d) ninguna de las anteriores.
El artículo 3.1 del CC recoge los diversos elementos o datos que han de tenerse en cuenta a la hora de interpretar las normas. Son los siguientes:
a) El sentido propio de las palabras utilizadas en la norma; ha de fijarse el significado que tienen estas palabras (interpretación gramatical). El contexto, las palabras utilizadas han de interpretarse, no aisladamente, sino en su relación con las demás.
b) Los antecedentes históricos y legislativos: para averiguar el significado de la norma es preciso tener en cuenta como estaba regulada la cuestión.
c) La realidad social del tiempo en que la norma ha de ser interpretada. Es el llamado “elemento sociológico” que permite adecuar, no la norma, sino su interpretación, a la cambiante estructura política, ideológica, económica y social de un país, sin necesidad de cambiar la legislación.
d) ninguna de las anteriores.
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