La justicia cántabra deshereda a una hija por maltratar a su padre
La decisión de un padre de desheredar a su hija
debido al mal trato al que ésta le sometió durante el tiempo en el que vivieron
juntos en la misma casa, fue apoyada por el Juzgado de Primera Instancia número
1 de Santander y, más recientemente, por la Audiencia Provincial de Cantabria.
Ambos órganos judiciales coinciden en que el hombre sufrió un trato “indigno” y
unas condiciones de higiene y salubridad “pésimas”.
En este caso, José Alonso Gutiérrez, firmó en
noviembre de 2004 un testamento abierto en el que desheredaba a su única hija,
Amparo Alonso Muñoz y nombraba como beneficiarias a dos sobrinas carnales María
Jesús y María Ascensión Salinas Alonso, hijas de su hermana. Una joven vecina
del ya difunto José Alonso, Laura Fernández Gutiérrez, de 18 años de edad,
natural de Santander y residente en Monte, contó que todo el pueblo estaba al
corriente y sabía que Amparo Alonso mantenía desatendido a su padre y que
quienes de verdad se ocupaban de él eran sus primas, sobrinas carnales de
este, a las que decidió dejarles sus
bienes en herencia.
Todo esto se
debe a una serie de motivos que figuran en la sentencia, contados primero por
las sobrinas carnales del afectado, que fueron las que cuidaron de él, según
las fuentes consultadas en Monte y corroborado después por las declaraciones de
la trabajadora social encargada del caso.
Uno de los motivos consiste en que el causante no
fue oído como pariente próximo en el proceso de incapacitación de su mujer,
llamada Inés Muñoz, con lo que su hija se convirtió en tutora legal y, con esa
potestad como tutora, retiró 9.988.98€ de una cuenta que sus padres tenían en
común, el día antes del fallecimiento de su madre.
Otro hecho es que, el mismo día del fallecimiento
de Inés Muñoz, sus nietos retiraron el dinero de tres libretas de ahorro que su
abuelo tenía a nombre del matrimonio y de cada uno de los nietos.
Sin embargo, Amparo Alonso siguió viviendo con su
marido y sus cuatro hijos (nietos del causante, José Alonso, ya fallecido) en
la casa que éste tenía bajo título de usufructo, llegando a presentar una
demanda de desahucio contra su hija, el marido de ésta y los hijos del matrimonio,
declarando que llegó a sentir temor hacia su familia y, sobretodo, hacia su
propia hija, hasta tal punto que llegó a habilitar una zona de la vivienda a la
que ellos no tuviesen acceso.
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| Foto: Europa Press. (Audiencia Provincial de Cantabria). |
La trabajadora social encargada del caso confirmó
que la mujer llegó a introducir en la casa animales, 10 gatos y dos caballos;
con lo que las condiciones de higiene y salubridad a las que el hombre, de 79
años por aquellas fechas, se vio
sometido, le afectaron tanto física como psicológicamente.
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"La
acusada llegó a meter en la casa varios perros, unos 10 gatos y 2 caballos."
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Por tanto, la
Audiencia considera que hay pruebas más que suficientes para justificar la
decisión del padre a desheredar a su
hija y desestima el recurso de apelación
interpuesto por la hija para recuperar la herencia que su padre había otorgado
a sus primas, las sobrinas carnales de este.
Fuentes utilizadas
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Fuentes expertas:
B.A.C. Profesor de Derecho Público. Facultad de
Derecho, Universidad de Oviedo.
G.M. Periodista de El Diario Montañés. Cantabria.
-
Otras fuentes:
Sentencia del caso.
Redacción de El Diario Montañés.
Sede Europa Press. Cantabria.
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santander.
Juzgado de Primera Instancia número 1 de Santander.
Audiencia Provincial de Cantabria.

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