El artículo 155 del Código Civil, dice que los hijos deben:
A) obedecer a sus padres mientras permanezcan bajo su potestad, y respetarles siempre
B) contribuir equitativamente, según sus posibilidades, al levantamiento de las cargas de la familia mientras convivan con ella
C) respeto a los padres incluso cuando los hijos abandonaran el hogar familiar o ya no estuvieran sometidos a la patria potestad de los padres
D) ninguna de las anteriores
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