Los requisitos exigidos para que se de la situación de ausencia legal son:
1. Que transcurra un año desde la desaparición o desde las últimas noticias.
2. Que se cumplan tres años, si dejó apoderado. Si el apoderado muere o renuncia, el plazo será de un año.
3. Que transcurra 1 mes desde la última vez que salió de la puerta de su casa.
4. Ninguna de las anteriores.
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