Exige al banco una indemnización de 54,45 millones de euros
La administración concursal de Carcesa considera que el Banco Etcheverría colaboró en la quiebra de la compañía
Sergio Álvarez | Santiago de Compostela | 15/03/2012
Los administradores concursales de Carcesa -empresa del extinto grupo Nueva Rumasa- han iniciado un proceso de reclamación extrajudicial de 54,45 millones de euros al Banco Etcheverría, entendiendo que esta entidad podría haber colaborado con su mala praxis en la quiebra de la compañía y en el fraude de ley en materia de blanqueo de capitales en el que habría incurrido la empresa.
Según asegura el bufete Iure Abogados, representante legal de la administración concursal, antes de la quiebra de la compañía y de la declaración en concurso de acreedores en octubre de 2011, se habrían producido movimientos de capital en metálico de 99.000 euros en una cuenta que Carcesa en dicho banco, para así evitar la normativa de prevención de blanqueo de capitales, que obliga a todas las entidades bancarias a informar a la Agencia Tributaria de todas las disposiciones en efectivo de
más de 100.000 euros.
Además, fuentes del bufete apuntan a que esas operaciones bancarias fraudulentas no podrían haber sido llevadas a cabo por los anteriores administradores sin la colaboración de la entidad bancaria, ya que dichas disposiciones no tenían asignado una finalidad definida y a través de esta colaboración se habría contribuído a agravar la situación económica de Carcesa, matriz propietaria de las marcas alimentarias Apis y Fruco.
En un principio la administración concursal habría rechazado la vía judicial como medio para reclamar el dinero, no obstante, desde Iure Abogados afirman que en caso de que no se resuelva extrajudicialmente por medio del pago de los 54,45 millones de euros que le reclaman, no tendrían más remedio que demandar formalmente al Banco Etcheverría.
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| Logotipo de Nueva Rumasa Fuente: flickr.com/little_sadie |
Por su parte, el Banco Etcheverría se ha defendido de estas acusaciones basándose en que las cuentas entre las cuales se realizaron los movimientos pertenecían todas a Nueva Rumasa, y al no superar el mínimo de 100.000 que exige la Ley 10/2010 del 28 de abril de prevención de blanqueo de capitales y de la financiación del terrorismo, los avisos a Hacienda no habrían sido necesarios.
Esta misma conclusión ha sido la mantenida por el Profesor Titular de Derecho Mercantil de la Universidad Autónoma de Madrid, Jesús Alfaro, quien ha sostenido que no es posible asegurar “que el banco contribuyera a agravar o a acelerar la insolvencia de Carcesa”, reiterando igualmente que en tanto fuesen cuentas de la propia empresa, el banco no tendría responsabilidad en la quiebra de la misma. Sin embargo, la misma fuente opina que hay “pocos datos”, por lo que no es posible dar una afirmación categórica sobre el caso.
Jorge Tomillo, Profesor de Derecho Mercantil en la Universidad de Cantabria, ha coincidido en que “con tan pocos datos es difícil afirmar que el banco incurrió en responsabilidad concursal”.
De momento no se sabe nada más de este caso, que se verá complicado tras el anuncio este mismo lunes del Juzgado de lo Mercantil número 1 de Badajoz de que en las próximas semanas se iniciará el proceso de liquidación de Carcesa.

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