domingo, 11 de marzo de 2012

Derecho Audiovisual



El Estado previene contra la violencia de género
El diario “El Mundo” de España, en su versión on line, reseñó el 13 de septiembre de 2011 la entonces reciente campaña contra la violencia machista, que utilizó el lema “No te saltes las señales. Elige vivir”.
http://www.elmundo.es/elmundo/2011/09/13/espana/1315913569.html
La campaña, dirigida principalmente a las mujeres, pretende alertar a las posibles víctimas de violencia doméstica sobre los primeros indicios que pueden caracterizar a un maltratador, les incita a buscar ayuda, y a denunciar cualquier situación de maltrato al 061.
El artículo destaca: “de las 40 mujeres que han perdido la vida, víctimas de la violencia de género, en lo que va de año, 12 habían retirado la denuncia antes de ser asesinadas”, y desde enero hasta marzo de 2011, más de 32 mil mujeres habían denunciado ser víctimas de malos tratos.
Con esta campaña el Ministerio de Sanidad, Servicios Sociales e Igualdad, en representación del Gobierno y como corresponde al artículo 9, 2º, ejerce la función de promoción de  la “libertad e igualdad del individuo”. Se defiende, en ejercicio de esta función, el derecho a la vida y a la integridad física. Además se defiende la igualdad de sexo y se prohíbe la discriminación, como lo registra la “Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres”, y como se pretende defender en la Ley Orgánica de medidas de protección integral contra la violencia de género.
Los casos de violencia de género denotan la violación de los derechos y deberes de los cónyuges, registrados en los artículos 66 y 67 del Código Civil, que rezan: “Los cónyuges son iguales en derechos y deberes” y “Los cónyuges deben respetarse y ayudarse mutuamente y actuar en interés de la familia”, respectivamente.
Por otro lado, el segundo caso incluye la presencia de hijos, quienes reflejan angustia por las amenazas telefónicas del padre a la madre, y a ellos mismos. En este caso el padre viola el artículo 154 del Código Civil, según el cual “La patria potestad se ejercerá siempre en beneficio de los hijos, de acuerdo con su personalidad, y con respeto a su integridad física y psicológica”
En el artículo 39, 2º de la Constitución, en relación a las relaciones paterno filiales, "Los poderes públicos aseguran, asimismo, la protección integral de los hijos, iguales estos ante la Ley con independencia de su filiación y de la madre, cualquiera que sea su estado civil., y en el punto 4º asegura que “ Los niños gozarán de la protección prevista en los acuerdos internacionales que velan por sus derechos”.
Además de los anuncios para televisón, radio, prensa, publicidad exterior e internet, se difunden a través de youtube algunos anuncios de blogueras, dedicadas a dar consejos de maquillaje y estilo. Estas han colaborado con el Ministerio en las campañas contra el maltrato. Les dejo algunos ejemplos de Aishawari, isasaweis, Alicia Herraiz y contolstyle





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