María es ama de casa, de 55 años
de edad, viuda. Tiene una única hija Nuria, de 30 años, a la que declara como
única heredera. Hace unos meses le diagnosticaron la enfermedad del Alzheimer.
Informada de las consecuencias de esta enfermedad, decide constituir un
patrimonio protegido (aquel que es dirigido a las personas discapacitadas) para
cubrir en el futuro sus necesidades vitales y el pago de los múltiples cuidados
a los que tendrá que ser sometida. Nuria siempre estuvo al lado de su madre, hasta
el último suspiro, cuidándola y atendiéndola. Diez años después María muere.
¿Qué ocurre con este patrimonio?
a) Pasará a ser propiedad del Estado.
b) Se produjo la extinción
del patrimonio, al fallecer la beneficiaria, María, y pasa a formar parte de la
herencia, de la que resultará como única beneficiaria Nuria.
c) Nuria podrá heredarlo,
ya que es la única beneficiaria de la herencia, y además le prestó a su madre
la atención y los cuidados que requería.
d) Ninguna de las anteriores.
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