jueves, 5 de abril de 2012

Adriana Costoya


El patrimonio colectivo:

a) Es similar al patrimonio especial o separado ya que no se comunican las deudas entre sí
b) Es un patrimonio único del que pueden ser titular como máximo 3 personas
c) Es un patrimonio que a la hora de repartirse debe designársele al mayor (en edad) un 50 %, al segundo un 30% y al menor un 20 %
d) Ninguna de las anteriores


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