domingo, 11 de marzo de 2012

Derecho AUDIOVISUAL: Tutela

Los dos menores huérfanos tienen nuevo tutor legal
Elsa ejercerá la tutela de Marcos y Paula






Este video pertenece a la serie “El Internado” que se emitió en Antena 3 a lo largo de siete temporadas. En el podemos apreciar uno de los temas tratados en clase, el de la tutela de los menores.

- La tutela tiene las siguientes características:

Es una institución de guarda, protección y representación de menores no emancipados e incapacitados no sujetos a patria potestad bien porque se trate de huérfanos, o ante el supuesto poco  frecuente de que los progenitores se hallen privados de la patria potestad.

Se asemeja en cierto modo a la patria potestad, de ahí que se configure como un deber y no como un derecho.

Al tutor le corresponde cubrir el aspecto personal, acompañado en muchas ocasiones del patrimonial. Excepcionalmente el Juez puede encomendar los hijos a los abuelos cuando falte acuerdo entre dos cónyuges, ejerciendo en tales casos la tutela sobre ellos.

Un mismo tutor puede ejercer a favor de varios tutelados. Sin duda, se estableció pensando en varios hermanos (como sucede en este video).

Desde 1983, la tutela también puede ejercerse por persona jurídica. La entidad pública, a falta de tutor, asumirá su función cuando se halle en situación de desamparo. Sobre los menores desamparados, existe una tutela automática que corresponde a la entidad pública que tenga la misión de protegerlos. En tales casos, la tutela lleva consigo la suspensión de la patria potestad o de la tutela ordinaria.

La tutela gira sobre dos órganos. El primero, más cercano, es de carácter ejecutivo y de asistencia inmediata, el tutor. El segundo, Juez y Ministerio Fiscal, nombra o confirma al primero. Supervisa de forma general la labor del tutor, y en concreto, el tutor necesita autorización del Juez en los actos previstos en la Ley.

Para finalizar, podemos añadir que el tutor no podrá adquirir las posesiones de su tutelado, para evitar que se aproveche de esta situación.

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