sábado, 17 de marzo de 2012

Caso práctico Tema 20


¿QUE PASÓ CON LO DE "LO TUYO ES MIO"?






He elegido este fragmento de la película de "algo pasa en las Vegas" para explicar las relaciones patrimoniales en la familia, y quiero hacer más incapié en el régimen económico de la sociedad de bienes ganaciales.
Por esta sociedad se hacen comunes para los cónyuges las ganancias y beneficios obtenidos indistintamente por cualquiera de ellos  que le serán atribuidos por mitad al disolverse.
Esta sociedad no solamente se disuelve cuando lo hace el matrimonio, sino también cuando se acoja en capitulaciones matrimoniales otro régimen distinto.
En este régimen es muy importante desterminar cuales son los bienes que la ley considera comunes y los de carácter privativo de cualquiera de los cónyuges. Conforme a la ley son:
  • Bienes gananciales (art. 1347):
  1. Los obtenidos por el trabajo o por la industria de cualquiera de los cónyuges.
  2. Los que adquieran los cónyuges a título oneroso formará parte del patrimonio común.
  3. Se hace común lo que se adquiere por el trabajo, rentas, permuta, ventas, ...
  4. Las ganancias obtenidas por cualquiera de los cónyuges en el juego (art. 1346 CC)
  • Bienes privativos (art. 1346 CC):
  1. Los bienes y derechos que le pertenecieran al comenzar la sociedad.
  2. Los que adquiriera después por título gratuito ( lo que adquiera por legado, herencia y donación se hace propio)
  3. Los adquiridos a costa o en sustitución de bienes privativos.
  4. Las ropas y objetos de uso personal que no sean de extraordinario valor. 
La disolución de la sociedad de gananciales se origina:
  • Con la disolución del matrimonio.
  • Cuando el matrimonio se declare nulo.
  • Cuando se decrete judicialmente la separación de los cónyuges.
  • Cuando convengan un régimen económico distinto.


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