El artículo 110 del Código Civil dice: “El padre y la madre,
aunque no ostenten la patria potestad, están obligados a velar por
los hijos menores y a prestarles alimentos”. Es una norma:
a) Dispositiva, pues puede ser modificada o
sustituida en el caso de que las partes (padres e hijos) estén de acuerdo en
hacerlo.
b) No es una norma.
c) Imperativa, ya que obliga a todos del mismo modo
y no permite su modificación.
d) Ninguna de las anteriores.
No hay comentarios:
Publicar un comentario