lunes, 20 de febrero de 2012

Caso práctico TEMA 2: LAS FUENTES DEL DERECHO.


El Artículo 57.1 de la actual Constitución Española (promulgada el 29 de diciembre de 1978) establece lo siguiente: “La Corona de España es hereditaria en los sucesores de S. M. Don Juan Carlos I de Borbón, legítimo heredero de la dinastía histórica. La sucesión en el trono seguirá el orden regular de primogenitura y representación, siendo preferida siempre la línea anterior a las posteriores; en la misma línea, el grado más próximo al más remoto; en el mismo grado, el varón a la mujer, y en el mismo sexo, la persona de más edad a la de menos”. En el año 2003, con motivo de promover la igualdad entre hombre y mujer, y en vista de unas elecciones generales, José Luis Rodríguez Zapatero, secretario general del PSOE, proponía en su programa, entre otras, una reforma del citado artículo que levantó cierto revuelo en la opinión pública. Para llevar a cabo dicha reforma, ¿qué se requiere?

a) Aprobación de tal reforma por una mayoría de 2/3 (66,6%) entre diputados y senadores. Disolución de Cortes y convocatoria de elecciones generales. Las Nuevas Cámaras elegidas tienen que ratificar la decisión, que debe ser aprobada por una mayoría de 2/3 (66,6%) en cada Cámara. A continuación, se convoca un referéndum para contar con la aprobación del pueblo.
b) Aprobación de tal reforma por una mayoría de 3/5 (60%) de cada Cámara –Congreso y Senado-.
c)  Aunque no se obtenga la mayoría entre las Cámaras, la reforma será aprobada si se obtiene una mayoría absoluta en el referéndum popular.
d)  Ninguna de las anteriores.

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