jueves, 16 de febrero de 2012

Caso práctico del Tema 4


Entendemos como norma imperativa aquella que es de derecho obligatorio o necesario. Se impone y obliga a todos de la misma forma, sin permitir que el sujeto pueda modificarla.
Entendemos como norma dispositiva aquella que es de derecho dispositivo, voluntario o supletorio. Es susceptible de ser sustituída o eliminada por las partes, en caso de que las mismas manifiesten un acuerdo en otro sentido.
En base a la ley del IVA, el empresario debe cobrar el impuesto sobre el valor añadido a sus clientes, de modo que ningún acuerdo en esta materia sería legal. Por lo tanto, estamos ante una norma de carácter:

a) Imperativo.

b) Dispositivo.

c) Imperativo y dispositivo.

d) Ninguna de las anteriores. 

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