martes, 13 de marzo de 2012

Caso práctico, Tema 19


Diego y Carlos, de 25 y 28 años respectivamente, son pareja desde hace un par de años. Ya consolidada su relación, deciden contraer matrimonio. Pasado un tiempo, Carlos consigue un trabajo en una compañía cinematográfica en Los Ángeles. Asentados ya en la ciudad norteamericana, deciden dar el siguiente paso en su relación y tener un hijo, para lo que contratan un vientre de alquiler. Un año después del nacimiento del niño, Charlie, Carlos pierde su empleo en la compañía y deciden regresar a España junto a sus respectivas familias.
Teniendo en cuenta la ilegalidad de los vientres de alquiler en España,  ¿será Charlie reconocido como hijo de la pareja a ojos de la justicia española?

      a.       Los vientres de alquiler están terminantemente prohibidos en España, por lo que tendrían la patria potestad.
      b.      Sí, siempre en cuanto cuenten con una resolución judicial del país donde el niño fue concebido, para garantizar la legalidad del proceso.
      c.       Según el ordenamiento jurídico español, sería la madre norteamericana la que gozaría de la patria potestad del niño, nunca la pareja formada por Carlos y Diego.
      d.      Ninguna de las anteriores es correcta.

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